La defensa del conductor había recurrido la sentencia y esgrimía que la cantidad de alcohol detectada en el conductor, 0.4 gramos en aire, no era suficiente para considerarla delictiva. La Audiencia señala que no hay dudas de que el camionero tomó alcohol la noche antes de los hechos, además de dos rayas de cocaína. Además, antes de coger el volante, en torno a las ocho menos cuarto de la mañana, se tomó un carajillo de brandy. La sentencia recuerda que aun tomando en cuenta el margen de error en la prueba de alcoholemia más favorable para el acusado, duplicaba la máxima permitida para conductores profesionales. Además, la influencia de la cocaína prolonga los efectos del alcohol hasta unas seis o siete horas, justo el momento en el que se produjo el accidente.
Otro elemento que justifica la imprudencia es que el conductor tomó la curva para encarar el Marítim desde el Puerto a la altura de Portopí a una velocidad excesiva. De hecho circulaba entre 23 y 35 kilómetros por hora en ese tramo, en el que ese camión habría volcado a una velocidad entre 24 y 35 kilómetros a la hora, según los cálculos de la policía científica.
Carga
La defensa del conductor insistía en que el accidente se pudo deber a una mala colocación de la carga en el vehículo. La Audiencia recuerda que no existe ninguna prueba que apunte en esa dirección y que los cálculos policiales señalan que el accidente no hubiera variado en función de cómo estuviera colocada la carga.
La Audiencia considera que se produjo una imprudencia grave porque el conductor del camión omitió tanto su deber de cuidado por ponerse al volante en unas condiciones en las que su capacidad estaba mermada, como la normativa de tráfico.
La condena en el juzgado de lo Penal se produjo en abril de 2009. La duración de la condena, de dos años y la falta de antecedentes hacen previsible que el conductor del camión no llegue a ingresar en prisión. Además, el fallo judicial aún es recurrible ante el Tribunal Supremo.
La primera sentencia sólo fue recurrida por la defensa del acusado. Las víctimas pactaron antes del juicio una indemnización con las compañías de seguros, por lo que renunciaron a las acciones civiles.
9 comentarios
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no creais todo lo que dicen los diarias, yo segui el caso de primera mano, lo unico cierto es el carajillo de primera mañana pero el tema de drogas y borracheras a bordo del barco es mentira, es más no lo han podido probar
LO QUE SE NECESITA ES UN CIUDADANO EJEMPLAR,VAYA MIERDA DE CASTIGO POR LA MUERTE DE UNA Y DEJAR MINUSVALIDA A OTRA.
que sepais que si la pena no es superior a 2 años no entra en prisión.
Vegonzoso. Borracho, drogado y con exceso de velocidad. Destroza varias vidas y sólo le caen 2 años. Menuda justicia tenemos. Hay que cambiar las leyes ya.
2 años?????????? al final cumplirá 6 meses.es lo que cuesta una vida? 6 meses de cárcel?
Justicia?. Si buscais eso os equivocais de país. Y lo se de primera mano.
Em pareix d vergonya aquesta justicia q tenim els espanyols.. és a dir, matar a una persona, només són 2 anys, ..lo dit d vergonya. I sense comentaris, l del fenómeno de'n 'farruquito'. Ojalá qualque dia, a un/a fill/a li passin per damunt sense carnet..
Debe cumplir porsupuesto,la ley se aplica diferente a cada persona ni existe ni existira JUSTICIA.
jejeje ke bueno,yo estoy de acuerdo ke cumpla carcel pero y farruquito ke,por ke es famoso no cumplio ni 6 meses y en cima le dan permiso pa casarse irse a cancun ja,ja,ja,ja ke asco me da la justicia