Imagen del juicio, celebrado hace dos semanas en la Audiencia Provincial de Palma. | ALEX SEPULVEDA

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Otra vez culpable. La Audiencia Provincial ha condenado a ocho año y medio de cárcel a un vecino de Palma por abusar de su hijo desde que el niño tenía cuatro años hasta que cumplió los nueve. La sentencia absuelve a la madre del menor, a la que la Fiscalía acusaba como cooperadora necesaria al considerar que sabía lo que ocurría y que no tomó ninguna medida para proteger al menor. La Audiencia considera que no ha quedado probado que la mujer supiera lo que ocurría, dado que padece una esquizofrenia paranoide que le impide percibir la realidad.

Es la segunda vez que un fallo judicial condena al acusado por este delito. El juicio tuvo que ser repetido después de que el Tribunal Supremo lo anulara ya que no se admitió una prueba en la primera vista oral. La repetición sí ha cambiado el resultado en el caso de la mujer, quien había sido condenada a tres años en la anterior ocasión. Los hecho se produjeron entre el año 2000 y el 2005. El padre, en múltiples ocasiones, abusaba del niño, al que antes había puesto películas pornográficas. Además, decía al niño que era un juego. Los abusos ocurrían en la vivienda familiar y el acusado aprovechaba que la madre no estaba en la vivienda o que se encontraba afectada por la medicación que tomaba para tratarse.

Detalles

En el juicio, el acusado negó los hechos y dijo que al niño le habían «comido el coco». Para la Sala, el «claro y crudo» testimonio del menor es creíble al presentar determinados detalles sexuales que serían incomprensibles en un niño de esa edad que no los hubiera vivido. Además, la declaración del niño está corroborada por varios psicólogos y trabajadores del centro en el que fue internado. La madre perdió la custodia a causa de la esquizofrenia que padece y, cuando el menor ingresó en un centro público, se descubrieron los abusos. Además de un comportamiento sexualizado, el niño tenía frecuentes pesadillas con hombres borrachos y malos, lo que llevó a sospechar del padre. Sobre la madre, defendida por el abogado David Colom, el niño llegó a asegurar en el juicio que una vez «pilló» a su padre cuando abusaba de él. La sentencia plantea la duda de si ese episodio pudo ser interpretado de forma correcta por una persona enferma con una esquizofrenia, «por lo tanto que presenta episodios de alucinaciones visuales y que duda constantemente de si aquello que sus ojos ven es real o ficticio».

A esto se unen otras circunstancias personales de la madre, como las sospechas que existen de que era víctima de malos tratos y que llevan a que la Sala encuentre «barreras probatorias y humanas insalvables incompatibles con el recto entendimiento del principio de culpabilidad».

El acusado no podrá comunicarse ni aproximarse al niño durante diez años.