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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma ha condenado a 20 años de prisión a un hombre que entre 1996 y 2006 abusó sexualmente de su hijastra en Palma, desde que ésta tenía ocho años y a pesar de padecer un retraso mental con un grado de discapacidad del 65 por ciento. El tribunal considera probado que el acusado, quien se encuentra por estos hechos en prisión preventiva desde diciembre de 2009, también mantuvo relaciones sexuales durante 2006 con su hijo de nueve años.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera así a Jaime G.C. autor de dos delitos de abusos sexuales con introducción (diez años de cárcel por cada uno de ellos), con la agravante de abuso de superioridad por parentesco y ascendencia y de prevalimiento por razón de vulnerabilidad. De este modo, prohíbe que se comunique con las dos víctimas durante 11 años, mientras que se le condena a indemnizar con 10.000 euros a cada uno de ellos por los daños morales y perjuicios ocasionados.

Y es que durante diez años, tal y como relata el tribunal, el inculpado, «en numerosas ocasiones imposibles de concretar», sometió a la hija de la pareja con la que convivía a diferentes actos sexuales completos aprovechando que la madre se encontraba fuera de su domicilio, situado en el barrio de La Soledat, estaba dormida o salían a solas por el campo. Una vez consumados, Jaime G.C. le instaba a no contar nada a nadie para lo cual le entregaba pequeñas cantidades de dinero o tabaco.

En cuando al hijo común que tuvo con su pareja, el acusado abusó sexualmente de él en el domicilio familiar y con «idéntico ánimo libidinoso», tal y como señala la resolución judicial, que subraya que el menor, actualmente de 15 años, se encuentra en tratamiento psiquiátrico en un centro adecuado a su edad mientras que anteriormente había estado ingresado en otro centro de protección de Guadalajara.

Durante el juicio celebrado por estos hechos, el reo admitió haber mantenido relaciones completas con la menor discapacitada pero que esto había sucedido cuando ella tenía 17 años «y no ocho» y «siempre» bajo el consentimiento de la hijastra. Sin embargo, negó haberlas tenido con su hijo, a quien sí reconoció haberle pegado en alguna ocasión «porque era un niño que se portaba muy mal y era muy conflictivo».

EL ACUSADO: «ELLA VENIA A MI DE DIA Y DE NOCHE»

Al ser preguntado acerca del lugar donde se producían las relaciones con la menor, quien aseveró que se llevaban a cabo a escondidas y siempre que la madre no estaba en casa, Jaime G.C. declaró que tenían lugar generalmente en el sofá, insistió en que todas eran consentidas e incluso la acusó de ser quien propiciaba los encuentros. «Ella venía a mí de día y de noche y siempre que la madre no estaba en casa», manifestó el acusado, quien recordó que tras estas relaciones le entregaba dinero o tabaco aunque «sin más como regalo».

Tras ello, el condenado negó absolutamente que hubiera abusado de su hijo si bien admitió que le pegó en varias ocasiones y algunas de ellas «con excesivo rigor». De hecho, Jaime G.C. ya había sido condenado mediante sentencia firme por un delito de malos tratos en 2005, circunstancia que al parecer fue el detonante de la ruptura de la relación con su pareja.

Por su parte, su hijastra declaró que desde el momento en que el acusado comenzó a vivir con su madre y su hermano abusó de ella de forma continuada en encuentros que se producían casi a diario y principalmente en el sofá del salón pero también en su habitación, en el baño y en el campo cuando salían a pasear al perro. En la misma línea, el menor ratificó que su padre había abusado de él cuando tenía unos nueve años, en el sofá del comedor mientras veían la tele y cuando él volvía del colegio.