Tras dos semanas de juicio, los integrantes del jurado han emitido su veredicto por unanimidad y han descartado que Vila sufriese algún tipo de alteración psíquica en el momento de los hechos.
El jurado ha aplicado en los tres últimos casos, en los que la muerte fue causada por ingesta de productos cáusticos, los agravantes de ensañamiento y alevosía.
En los otros ocho asesinatos, cometidos seis con una mezcla de barbitúricos y dos con una sobredosis de insulina, sólo se ha contemplado el agravante de alevosía.
En función de este veredicto, el fiscal Enrique Barata, ha mantenido su petición de pena de 194 años, a la que se han sumado las acusaciones particulares, que han tenido en cuenta que el jurado ha aplicado a todos los casos el atenuante de confesión.
Barata ha reclamado que la sentencia tenga en cuenta «el artículo 78 del Código Penal» y que se imponga «toda la pena» a efectos de beneficios carcelarios.
Las acusaciones particulares han defendido distintas indemnizaciones económicas para sus diferentes representados, mientras que el abogado de La Caritat y el de la compañía de seguros han reivindicado que se apliquen los baremos de accidentes de circulación por entender que son los únicos que reconocen el «daño moral».
El letrado de Joan Vila, Carles Monguilod, ha reclamado que la sentencia sea diferente a la que solicita la fiscalía, «que consideraba que no había atenuante por confesión en los tres últimos casos, los que incluyen los agravantes de ensañamiento y alevosía».
Monguilod ha explicado que solicita que la sentencia sea la «mínima», en función de los hechos que da por probados el veredicto, por lo que oscilaría, aproximadamente, entre los veinte años para los casos que acumulan más agravantes y quince para el resto.
El abogado defensor ha puntualizado que está «convencido» de que el jurado ha actuado «honradamente», aunque mantiene abierta la posibilidad de recurrir la sentencia una vez sea conocida.
El tribunal ha tenido en cuenta para emitir su veredicto de culpabilidad tanto la confesión de Joan Vila, como diferentes testimonios de trabajadores de La Caritat, forenses, informes policiales y vídeos de las cámaras de seguridad del geriátrico.
La clave para descartar que Vila sufriese una alteración psíquica que le impidiese comprender la ilegalidad de sus actos ha sido la opinión de los psiquiatras y los psicólogos.
En los tres casos en los que las víctimas fueron asesinadas por ingesta de productos cáusticos, el jurado ha justificado el agravante de ensañamiento en que se les causó «intencionadamente» la muerte, se les impidió la defensa y se les provocaron «graves sufrimientos innecesarios».
El jurado popular se ha pronunciado, además, contra la percepción de beneficios penitenciarios por parte del procesado, por ocho votos contra uno, y contra la aplicación de indultos totales o parciales a la pena, por unanimidad.
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