La sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Palma, tras el veredicto de culpabilidad dictado por el jurado popular el pasado 7 de febrero, condena al acusado a 4 años y 6 meses de cárcel por un delito de homicidio doloso con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de arrebato u obcecación, así como la de reparación del daño.
Además le condena a indemnizar con 80.000 euros a la madre del fallecido, con la responsabilidad subsidiaria de la empresa Fiesta Hotels & Resorts, propietaria de la discoteca Ushuaïa para la que trabajaban el acusado y la víctima.
La sentencia considera probado que el 19 de agosto de 2011, sobre las 00.30 horas, cuando estaban recogiendo tras la finalización de una fiesta en la discoteca, P.C.M.B. golpeó a la víctima dos veces.
La segunda vez le dio un puñetazo en la cara que le hizo perder el conocimiento y lo derribó de manera que se golpeó con la cabeza en el suelo y sufrió una fractura craneal con hemorragia cerebral. El agredido murió el 3 de septiembre por una hemorragia masiva cerebral.
La Fiscalía solicitaba una pena de 9 de años y 11 meses y 29 días de cárcel y la acusación particular solicitaba esa misma pena por homicidio así como otra de 1 año por uso de documentación falsa. La defensa solicitaba 2 años y 6 meses con atenuantes de arrebato, reparación del daño, confesión de los hechos y dilaciones indebidas.
Según recoge el fallo judicial, la profunda aversión a las drogas que padecía el acusado le provocó, tras haber visto al camarero entregar sustancias tóxicas a terceros, «un estado anímico de bloqueo de consciencia de tal intensidad que determinó, casi con plenitud, su conducta».
El Jurado consideró probado que el responsable de seguridad le dio el segundo puñetazo a la víctima «conociendo el riesgo de quitarle la vida». También consideró acreditada la atenuante muy cualificada de arrebato, por su aversión a las drogas, derivada del fallecimiento de un hermano toxicómano, así como la atenuante simple de reparación del daño.
«El acusado fue la persona que dio muerte a A., con conocimiento de que el segundo puñetazo que le daba podía ser mortal, si bien con su inteligencia y voluntad casi anuladas por al profunda aversión a las drogas, e intentando reparar parcialmente el daño que sufre la familia del fallecido», recoge la sentencia.
19 comentarios
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Menos 2 de condicional, en nueve meses tercer grado y solo va a dormir, y en poco mas está fuera
¿ Le daba aversión las drogas o tal vez el era el encargado del mercadeo y le estaban jodiendo el negocio?.....
Que barato sale matar
Vergonzoso! Vaya justicia más vergonzosa! 4 años y 6 meses por matar, darse a la fuga y estar requerido judicialmente por otro país? Además de estar en España con identidad falsa! Es para escupirle a la cara al juez que a dictado esta sentencia! Dios quiera que no corra la misma suerte un familiar del juez! Justicia basura!
Enhorabuena a asesinos, matones y demas escoria.Pueden venir todos a España a hacer de las suyas. Esto es lo que les puede pasar:5 añitos que seguro que se convierten en 3. Y yo me pregunto, ¿de que sirve en este pais el ser honrado?. Pronto tendremos que andar con la cabeza gacha y rezando para no toparnos con uno de estos que esté de mal humor. no quiero pensar en como se habrá quedado la familia del fallecido.
Resulta increíble lo poco que vale una vida en nuestro sistema judicial (y me refiero tanto a lo que hizo este chulopiscinas como el suceso del atropello de la ciclista por parte de un policía nacional). 4 años y 6 meses? Saben que tiempo cumplirá? 2 años, eso es lo que vale la vida del joven camarero. Si fuese la vida de un hij@ de algún juez o fiscal.....sería la sentencia igual? Lo dudo mucho. Ahora, si un policía, en una detención ajustada escrupulosamente a la legalidad, lesiona a un delincuente que se resiste, la fiscalía califica los hechos como DELITO DE TORTURAS, pide 5 años de prisión y no pide "garrote vil" porque ya no existe esta figura, que si no, el policía se puede despedir de la vida. Sentencias como estas no ayudan a "motivarnos" de especial forma, no.
La larga sombra de Matutes podría estar detrás de esta sentencia, de lo más injusta. Este señor tenía antecedentes. Era prófugo de la justicia portuguesa y aún así fue contratado nada menos como JEFE de seguridad del Hotel USHUAIA de Ibiza. Dejó medio muerto a Abel Ureña, quien tonteó poco antes de su muerte con la novia de su asesino, Paulo César Baptista. Curiosamente este energúmeno, pudo huir de Ibiza al recibir únicamente una llamada para que se personase en la comisaría. Con tiempo suficiente para desaparecer y viajar, aún no se sabe con qué ayuda y quienes lo escoltaron. Se le encontró en Holanda. Todo esto huele muy pero que muy mal. Algo así como "si no me ayudáis, canto".
De todas formas, eso en parte ha sido, porque la defensa, o no se ha sabido mover, o no ha tenido suerte. Porque si se hubiesen movido, y hubiesen logrado encontrar a DOS supuestos testigos, que Jurasen y Perjurasen con la mano en la Biblia o en cualquier otra parte, que le hubiesen oído esgrimir algo como " te voy a matar wey, lo sabía que intentabas trincarte a mi novia pinche, te voy a matar." Y luego le da el puñetazo que SUPUESTAMENTE le deja inconsciente, y le hace caer sobre un bordillo partiéndose internamente la cabeza con ello. Entonces otro gayo hubiese cantado, mas aún, si los dos supuestos testigos, supuestamente no se hubiesen conocido previamente entre ellos. Y la indemnización, alomejor habría pasado de 80.000 euros, a 120.000 euros, y si se hubiesen personado con una supuesta novia del fallecido, supuestamente hundida y afligida por la perdida, Jurando y Perjurando que ya tenían hasta fecha para casarse y que llevaban un par de años " viéndose/entendiéndose ", pues la cosa se habría ido, el montante total a 150.000 Euros.
Una cosa está clara, la empresa esa que debe correr con 80.000 Euros subsidiarios, si aún existe, y aunque haya podido cambiarse de nombre 1.000 veces, antes de mirar para afuera a coger algo peor de lo que tiene dentro. Se lo pensará dos veces. En cuanto a la animadversación por el portero a las drogas, no será que tenía celos y se cegó? En cualquier caso yo creía que en un Juzgado prevalecía mas Juzgar los Hechos Probados, que los Hechos Circunstanciales Eventuales Improbables. Debido a que, tanto si odiaba a las Drogas, como si tenía Celos. Cuando se es mayor, una persona ESTA OBLIGADA a ser dueña de sus actos, CONSECUENTE CON ELLOS, y RESPONSABLE DE ESTOS y AUNQUE SEAN IMPULSOS. O se es adulto o se es un crío.
El fallecido trapicheaba con drogas?