La Audiencia de Palma ha condenado a 18 meses de prisión, sustituidos por una multa de 2.700 euros, a un marchante de arte por un delito continuado de apropiación indebida, por quedarse buena parte de los ingresos de la venta de 381 cuadros de una pintora, estimados en unos 205.000 euros.
La sentencia, dictada a partir del acuerdo de conformidad alcanzado por el acusado y la víctima durante el juicio celebrado la semana pasada, indica que para la fijación de la pena se han tenido en cuenta las circunstancias atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.
El fallo judicial considera probado que el comerciante, director de un establecimiento de enmarcación y comercialización de pinturas, esculturas y obras gráficas situado de Palma, recibió entre 1997 y 2003 un total de 381 cuadros de una pintora en calidad de depósito, para que procediera a su venta.
Según la sentencia, el marchante se aprovechó de su condición para obtener un beneficio ilícito ya que tras vender las pinturas se quedó el importe recibido por las mismas, unos 205.020 euros y solo pagó a la pintora 38.817 euros y otros 3.300 en enmarcaciones.
Antes de la celebración del juicio, el hombre entregó a la pintora varios cuadros como pago de la indemnización que solicitaba (pedía más de 162.000 euros), con los que la denunciante se consideró suficientemente resarcida.
En el juicio, la Fiscalía rebajó su solicitud de condena de los 4 años de prisión que pedía inicialmente a 18 meses, sustituibles por multa.
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