El juez Juan Jiménez ha dictado sentencia después de que el jurado emitiera el martes pasado un veredicto de culpabilidad por unanimidad para José R.P. y por 7 votos a 2 para Luis M.A., por asesinar a golpes y cuchilladas a José Julián R.C., de 38 años, conocido como «Carlos, el colombiano», el 1 de septiembre de 2010 en Benimussa, en el municipio ibicenco de Sant Antoni de Portmany.
Según la sentencia, los condenados deberán indemnizar a la madre de la víctima con la cantidad de 92.300 euros más los intereses que correspondan, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado.
En concreto, J.R.P. y L.F.M.A. responderán solidariamente de 68.250 euros de indemnización; y F.A.A. con 24.050 euros.
El juez considera probado durante el juicio que los dos condenados como autores recibieron el encargo de matar a la víctima y que a su vez encargaron al tercero (cómplice) que lo localizara y lo condujera a un lugar boscoso de un camino de Benimussa a cambio de 10.000 euros.
Dieron una paliza a la víctima que «no tuvo posibilidad de defenderse de forma mínimamente eficaz», le causaron varias heridas con un cuchillo, lo estrangularon con un lazo y lo tiraron por un torrente, aprovechando su superioridad numérica y valiéndose de que llevaban una pistola de fogueo y un arma blanca.
Según el juez, la declaración realizada por el cómplice del asesinato es «la prueba más consistente» del caso, por «la cantidad de detalles que ofreció», por su sinceridad y contundencia y porque ha quedado corroborada por varios elementos probatorios como el ADN hallado en un colilla que fue encontrada junto a la víctima y la descripción de la ropa que llevaba el agredido y el lugar del suceso.
Los acusados actuaron con alevosía y ensañamiento al matar a la víctima como refleja su superioridad numérica, los objetos que utilizaron, que le agredieron en una zona apartada sin riesgo para los atacantes y le produjeron lesiones que por su cantidad y naturaleza reflejan «el salvajismo del ataque», recoge la sentencia.
Sobre el cómplice confeso, el fallo judicial indica que era consciente de que los otros dos acusados querían quitarle la vida a la víctima y aún así le engañó para llevarle al lugar donde sería asesinado, diciéndole que había droga escondida.
El juez está de acuerdo con el jurado en que el cómplice tuvo más participación en los hechos de lo que él relata en su declaración y se pregunta en la sentencia qué hacía mientras los otros dos agredían a la víctima.
El magistrado aprecia la atenuante muy cualificada de confesión por parte del cómplice, porque su relato de los hechos ayudó a esclarecer lo ocurrido. Descarta sin embargo las de drogadicción, porque nunca dijo que estuviera bajo los efectos de sustancias estupefacientes aquel día; y las dilaciones indebidas, porque la complejidad de la investigación ha requerido tiempo.
La sentencia atiende la petición de pena realizada por la Fiscalía que solicitó 23 años de cárcel para los autores del asesinato y de 5 años para el cómplice del crimen. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el TSJIB.
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