Miguel Ricart, el único condenado por el triple crimen de Alcàsser, a su salida de la prisión de Herrera de La Mancha, en Ciudad Real el año 2013. | Efe

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La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la libertad de Miguel Ricart, quien pasó 21 años en la cárcel por el secuestro, violación y asesinato de Miriam, Toñi y Desirée, las tres niñas de Alcàsser (València), que tuvo lugar en noviembre de 1992. El condenado por estos crímenes salió de la prisión a finales del año pasado, tras desactivarse la conocida como 'doctrina Parot', con la que se había alargado su permanencia entre rejas hasta 2023, es decir, cuando hubiera cumplido la máxima pena que contemplaba la ley, de 30 años.

Ricart, conocido como 'El Rubio', fue la única persona condenada por el asesinato de Miriam García, Toñi Gómez y Desirée Hernández, las niñas de 14 y 15 años que desaparecieron en noviembre de 1992 y cuyos cuerpos fueron localizados en el paraje de La Romana el 27 de enero de 1993. El otro considerado autor de este suceso, Antonio Anglés, huyó y figura en paradero desconocido desde entonces.

Ricart, condenado en el año 1997 a 170 años de prisión por el triple crimen, tendría que haber salido del establecimiento penitenciario en 2011, pero un año antes se le decidió aplicar la conocida 'doctrina Parot', con la que se le alargó su permanencia hasta 2023, es decir, cuando hubiera cumplido los 30 años de cárcel.

Sin embargo, con la desactivación de la doctrina por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Audiencia de València acordó a finales de 2013 la inmediata libertad del condenado, quien en ese momento se encontraba en la prisión manchega de Herrera de La Mancha, al estimar que se habían cumplido las penas impuestas.

Tras esta resolución de la Audiencia, Ricart salió de la cárcel el 29 de noviembre de 2013, tras pasar 21 años entre rejas, y lo hizo con el rostro cubierto por una braga polar y un gorro de color negro, solo mostrando sus ojos. Abandonó la cárcel entre una enorme expectación mediática a través de un taxi que le esperaba en la puerta.

Contra esta decisión de libertad de Ricart, la Abogacía del Estado, la Asociación Clara Campoamor -acusación popular- y dos acusaciones particulares -padres de dos de las víctimas- interpusieron recursos de casación ante el TC, en los que pedían el mantenimiento de la 'doctrina Parot'.

Por su parte, el fiscal no se opuso a su puesta en libertad en aplicación a la sentencia europea, al tiempo que consideraba correcta la liquidación de la condena que se aplicó sobre el reo.

El Alto Tribunal, tras estudiar estos recursos de las familias de las niñas y el resto de recurrentes, ha decidido desestimarlos sin entrar a estudiar el fondo de los mismos, y en base a que el fiscal, que era el único «legalmente facultado» para recurrir, no lo hizo.

En concreto, dice: «La constancia de falta de legitimación para interponer un recurso como el presente por parte de las acusaciones, particular y popular, así como por la responsable civil subsidiario, y la ausencia de recurso por el ministerio público, único legalmente facultado para ello, nos aboca inexorablemente y sin necesidad de entrar a examinar los motivos planteados en los recursos a la desestimación de todos ellos».

Al respecto, la Sala recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial excluye expresamente la posibilidad de que quien no sea el ministerio fiscal se encuentre habilitado para recurrir en casación las decisiones adoptadas en esta fase de ejecución de sentencia condenatoria.

El crimen

El triple crimen tuvo lugar el 13 de noviembre de 1992 en el paraje de 'La Romana', en una casa abandonada a la que llevaron a las tres niñas de Alcàsser. Un día después de aparecer los cuerpos, el 28 de enero de 1993, la Policía pudo detener a Miguel Ricart, y seguidamente entró en prisión.

En el año 1997, la Audiencia condenó a Ricart a la pena de 170 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato y de cuatro delitos continuados de violación, en concurso ideal con tres delitos de rapto, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de despoblado y ensañamiento en relación a los delitos de asesinato y violación.

Esta resolución fue declarada firme por el Supremo en junio de 1999, tras desestimarse los recursos de casación. A Ricart se le aplicó la 'doctrina Parot', con lo que se evitó su salida de prisión prevista para el año 2011, y se alargó su condena hasta el año 2023. No obstante, y en base a lo dictado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Audiencia, tras escuchar a las partes, decidió dejarle en libertad.

'El Rubio', un joven natural de Catarroja (Valencia), ingresó en prisión por estos hechos cuando tenía 23 años, y la abandonó con 44 años a sus espaldas. La primera cárcel que pisó fue la de Picassent, aunque luego también fue destinado a la de Castellón, la de Zuera (Zaragoza) y, finalmente, a la de Herrera de La Mancha, en el municipio de Manzanares, en Ciudad Real, donde pasó sus últimos días entre rejas.