Situación extraordinaria en el juzgado de guardia. El titular del Juzgado de Instrucción 8 de Palma aceptó cuatro peticiones de habeas corpus de detenidos por la Policía Nacional cuyo arresto se iba a prolongar durante casi un día más porque nadie les llevaba al juzgado. En los mismos autos, el magistrado pide que se abra una investigación por si existió un delito en la retención de estas personas.
Lo ocurrido deriva de un cambio en el protocolo de la Policía Nacional. Habitualmente se ocupa de trasladar a los detenidos el Grup de Conducciones que hasta el pasado mes de octubre transportaba a los arrestados al juzgado de guardia una vez por la mañana y otra por la tarde. Este segundo traslado se suprimió por motivos organizativos por la Jefatura. Así se desemboca a la situación del pasado miércoles. Los cuatro detenidos -tres por delitos de daños y otro por robo- fueron interrogados por la mañana en dependencias policiales. Sin embargo no fueron puestos a disposición judicial dado que Conducciones no lleva a nadie por la tarde y el grupo de investigación que los detuvo no lo hizo. Su abogado, Alberto García Carpallo, se encontró con que no iban a ser trasladados hasta la mañana siguiente. Esto motivó la petición del habeas corpus. Se trata de un procedimiento especial para poner en conocimiento de un juez que hay un arresto ilegal. En este caso, la Fiscalía respaldó al petición del letrado y el magistrado coincidió en que los arrestos se habían extendido «más allá del límite legal». La ley marca que un detenido tiene que ser o bien liberado o bien puesto a libertad en cuando se terminen todas las diligencias policiales con un tope máximo de tres días.
Los cuatro detenidos fueron puestos entonces a disposición judicial y todos ellos quedaron esa misma noche en libertad provisional.
33 comentarios
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Tomeu, dónde dice que los detenidos los custodia el Estado? Eso de que se solicitan "Habeas Corpus" a docenas...en cuanto tiempo? Las policías locales detienen al igual que el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad, y custodian los detenidos mientras se realizan las primeras diligencias (que en muchos casos se terminan) y se traspasan a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para que les hagan la reseña (huellas y fotos), para que figuren en los archivos; evidentemente si las huellas y fotos las tomasen las policías locales sería mucho más difícil introducirlas en los ficheros nacionales, aunque eso también se ha hecho, se ha tomado la reseña y se ha remitido al cuerpo de seguridad del Estado que esté en ese municipio, o sea, que no te pienses que has inventado el fuego. Si las policías locales traspasan las diligencias y los detenidos a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado es porque se llega a ese acuerdo en las juntas de seguridad, no por otro motivo, ni porque la Ley lo prohíba. Al hilo de todo eso, te puedo decir, que mientras los detenidos permanecen en custodia en dependencias municipales, también podrían pedir "Habeas Corpus", de hecho, algunos lo solicitan, pero de ahí a decir que es a docenas, o que la custodia de los detenidos corresponde al Estado, media un abismo; me quieres hacer creer que en tu cabecita no cabe que, tras la detención formal, el detenido no puede solicitar el "Habeas Corpus"' Te crees que va a esperar a llegar a las dependencias de los del "Estado" para solicitarlo? Tú no tienes muy claras las competencias. Tú eres de los que habla sin saber porqué se hacen las cosas así, y como ves que se hacen así, piensas que es porque lo marca la Ley. Bueno, después de aleccionar a "Tomeu", he de decir que el Instructor de esas diligencias se ha metido en un bonito lío, ya que el responsable de que no se haya trasladado a los detenidos al juzgado cuando tocaba es únicamente el Instructor, y ya se podrá escudar en normas internas, y bla, bla, bla, que, como mucho, va a conseguir repartir responsabilidades con el que firmó esa orden, pero a él, al Instructor, eso no le va a eximir completamente o parcialmente de la responsabilidad. En este caso, imagino, que las diligencias se terminaron por la mañana y no pensaban enviarlas, con los detenidos, hasta la mañana siguiente, en lugar de hacerlo por la tarde, y el abogado ha aprovechado esa circunstancia para el asunto de los "Habeas Corpus". Me gustaría saber si el abogado, en caso de que se hubiesen terminado las diligencias sobre las 16:30, y sabiendo que los jueces de guardia no aceptan detenidos después de esa hora y hasta la mañana siguiente, si hubiese instado, también, el procedimiento de "Habeas Corpus"...estoy seguro que no, ya que es un hecho que ocurre muy a menudo y los abogados no dicen nada.
No tienen vergüenza,lo reconocen publicamente que se saltan las leyes y que tienen un cumunicado oficial.Que vergüenza,ya ni los policias cumplen con la ley.
Y que esperais de esta gente? si no hay ley pa ellos.
Cuanto comentario insensato de otro cuerpo....habeas corpus piden a docenas, lo que pasa que no son temas de vuestra competencia y no podeis comprenderlo, los detenidos son custodiados x el Estado. El inocente crucificado..... pides la cancelación y arreglado. Aunque si te pillan con las manos en la masa dudo que seas tan inocente
Osa que aqui hay personas que justifican que se salten la ley,lo justifican diciendo que ha pasado toda la vida y que tienen orden de pasar a los detenidos a segun que horas auque se pase el plazo para esa deteccion.Les da igual porque lo dice los juzgados y les tiemblan las piernas de hacerr cumplir la ley ante los jueces,tienen miedo y reconocen que lo hacen desde siempre.Osa que unos pocos estais por encima de la ley,esas cosas no van con vosotros,no teneis obligacion de denunciar los abusos.Siempre mirando a otro lado y tapandose unos a otros.
@El inocente crucificado. El motivo de tomar las huellas, fotografía, en su caso muestras de ADN y demás datos biométricos es para identificar correctamente a una persona. Imaginemos por un momento un señor inmigrante que salta la valla con un documento falso por poner un ejemplo. ¿Cómo sabemos quién es quién? De otro modo se cometerían verdaderos atropellos. Espero haber aclarado su duda.
La detención debe durar el tiempo estrictamente necesario. Si es un delito "in fraganti" y el autor manifiesta su derecho a no declarar, debería ser presentado inmediatamente ante la autoridad judicial. Supongamos que la Policía me detiene, me ficha (huellas, fotos, etc) y después en sede judicial se demuestra que no soy el culpable... Estoy fichado sin haber roto un plato... ¿Nos quejamos de venezuela?
Hay un listo que sigue un patrón,siempre hace un comentario en contra de otros cuerpos y automaticamente cuando alguien le contesta sale el mismo personaje con otro nombre dandose la razon.Lo mejor,se cree que no nos damos cuenta y por lo menos yo me parto el pecho de lo listo que es y lo bien que escribe cuando quiere. Eres un chisto de humor negro.funcionario.
A todos los sabiondos defensores de los derechos de los animales: España es uno de los piases que está denunciado por practicar torturas en sede policial, y precisamente no es un país en el que se respeten los derechos al privado de libertad...
Es el propio Juez el que tiene que preocuparse por los detenidos para que pasen a su disposición, es más que sea el Juez el que instruya las diligencias, para eso hay juzgados de guardia, para que esten todo el dia trabajando y cobrando. Ninguna norma esta por encima de la constitucion y por ello ningun reglamento o directriz puede o debe decir un horario a la hora de poner en a disposicion a los detenidos, es contrario a derecho. La norma dice que deben ser puestos inmediatamente una vez terminado el atestado, por ello sea la hora que sea deben ir a disposicion judicial para que no se produzca una indefension contra el derecHo a la libertad personal.