La Consejería de Sanidad del Gobierno murciano deberá abonar una indemnización de 24.000 euros a un joven al que, siendo niño, le fue practicada una intervención quirúrgica y dejaron olvidado un catéter con el que ha vivido trece años.
Así se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ), que ha rechazado el recurso que presentó este paciente para que esa cantidad concedida por la Consejería fuera elevada a 202.000 euros.
El recurrente expuso en su reclamación que el daño que se le había causado a consecuencia del olvido del catéter que le había sido colocado en el uréter le ocasionó una serie de patologías que obligaron a sucesivos ingresos hospitalarios.
Entre otros conceptos, solicitó indemnización por daño moral, por el riesgo que había sufrido su salud durante todos esos años en que tuvo el catéter y por el sufrimiento padecido hasta que se descubrió el olvido y se procedió a intervenirlo para su retirada.
Al rechazar la solicitud de una mayor indemnización, el tribunal afirma, en cuanto al daño moral, por el que reclamó 60.000 euros, que la cifra admitida por la administración regional de 6.000 euros «nos parece razonable y sigue el criterio de esta Sala en casos similares».
Además, señala que no procede indemnización por otros conceptos por los que igualmente reclamó porque la patología alegada no tuvo su causa acreditada en el olvido del catéter, sino en la propia enfermedad renal que sufría desde su infancia.
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