Esta sentencia se produce después del veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular hace unas semanas. Se le condena por un delito de asesinato, a la pena de 23 años de prisión, con la circunstancia agravante de parentesco; y por otro de malos tratos habituales, a un año de cárcel.
En la resolución se declara probado, siguiendo el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, que el acusado tuvo una discusión con la víctima en la vivienda de ésta en Torrox (Málaga) y, «de manera sorpresiva», se le acercó por la espalda y le golpeó varias veces con una botella de vino, quedando la mujer «cuanto menos aturdida».
Entonces, sin que la mujer tuviera una posibilidad real de defenderse, la agarró del pelo y la arrastró al cuarto de baño y, mientras le decía «ya no quieres pelea, ¿verdad?», le clavó un cuchillo de cocina «hasta en 131 ocasiones. Con esto pretendía causarle la muerte, pero también «producirle un sufrimiento adicional, lo que efectivamente ocurrió».
A consecuencia de esto, la víctima presentaba 131 puñaladas y 29 contusiones en distintas partes del cuerpo. Cuando llegó la Guardia Civil, tras el aviso de una mujer que trabajaba en el piso superior, señala la sentencia, los agentes encontraron al acusado en la puerta del baño, ensangrentado, manifestando en ese momento: «ahí está, ya lo he hecho».
No era la primera vez que el acusado agredía a su novia, dice la resolución, en la que se precisa que desde el mes de julio de 2013 había tenido «reacciones violentas y exageradas ante cualquier desencuentro de la pareja». En concreto, meses antes le había dado un mordisco en la nariz y días antes de acabar con su vida, la había golpeado, por lo que la víctima presentaba varias contusiones.
El magistrado-presidente del Tribunal del Jurado, así como los miembros del mismo, determinaron que el acusado «no sólo pretendió ocasionar la muerte de su compañera sentimental sino que también quiso causarle, de manera consciente y deliberadamente, un sufrimiento innecesario e inhumano», tanto de carácter físico como moral.
Se rechazan todas las circunstancias eximentes alegadas por la defensa del acusado, quien dijo que ese día había bebido mucho alcohol y había tomado cocaína y no se acordaba de parte de lo sucedido debido a esto. El jurado tuvo en cuenta para su veredicto de culpabilidad, entre otros elementos, el testimonio de la mujer que trabajaba en el piso superior, quien oyó parte de la pelea.
Para considerar que hubo alevosía y ensañamiento, tuvieron en cuenta los informes forenses y su declaración en el juicio, donde señalaron que primero le dio el golpe por la espalda y luego le clavó el cuchillo en 131 ocasiones, con la intención de causarle un «sufrimiento adicional», ya que todas las heridas fueron hechas en vida y la mujer no murió hasta que llegaron los agentes.
Esa reiteración de golpes y puñaladas revelan «una acusada crueldad» del procesado, dice la sentencia, en la que se incide en la «violencia extrema y gratuita» empleada, que ocasionó «un gran sufrimiento físico y moral» a la víctima. No se considera que el acusado tenga trastorno mental por una existencia «desgraciada» --suicidio de su madre y posteriormente muerte de su hija--.
2 comentarios
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pero, por favor, que cumpla 24 años de carcel, que con la tonteria en 4 ó 5 esta fuera....
Pronto saldrán los comentarios sobre si hay mas hombres muertos por sus mujeres que a la inversa, etc. etc. Y lo peor es que se han autoengañado y ha llegado a creerse sus mentiras.Una noche, en un bar de copas, mis amigas y yo entablanos conversación con un tipo que se había recién separado y que decía que se cargaría a su ex mujer, lo cual nos dió tanto miedo, junto con la impotencia de que si lo denunciábamos no nos harían caso, que nos marchamos del local y no hemos vuelto ni pensamos volver, por si acaso..