Luis Rodriguez Toubes, durante el juicio. | Alejandro Sepúlveda

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Luis Rodríguez Toubes ha sido condenado por la Audiencia de Palma a siete años de prisión por estafar 38 millones de euros a un matrimonio de Llucmajor. La Fiscalía pedía cuatro de cárcel para el acusado, mientras que la acusación particular, representada por los abogados Eduardo Valdivia y Jaime Campaner, en nombre de la pareja estafada, solicitaba ocho años.

La Audiencia ha anulado todas las escrituras de cesión de bienes inmuebles que la pareja firmó en favor del estafador, que tendrá que pagar además 389.154 euros en concepto de responsabilidad civil y una multa de 11.340 euros.

La madre del principal procesado también deberá responder de las cantidades cargadas en la condena a su hijo como responsable civil a título lucrativo, mientras que el otro acusado, A.G.P., ha sido considerado culpable de blanqueo y castigado con seis meses de cárcel y 240.000 euros de multa por comprar una de las fincas objeto de la estafa.

Cabe recordar, que según relató el Ministerio Fiscal, el principal condenado, junto a su madre, convenció a un matrimonio de Llucmajor para que comprara una finca que no era de su propiedad y que le cediera todos sus bienes, asegurándoles que les devolvería sus inmuebles.

La sentencia considera probado que en 2011 el joven usó el «prestigio social» de su familia para aprovecharse de la «credulidad» de un matrimonio con «enorme patrimonio» al que ofreció una casa, que había sido propiedad de su madre, situada junto a una finca de la pareja en S'Estanyol y les propuso también comprar para ellos otra propiedad anexa que decía que costaba 1 millón de euros.

La casa que había sido de la madre se la vendió a la pareja «en la creencia» de que volvía a ser de su propiedad y tras informar de las cargas que tenía, por lo que ha sido absuelto del delito de estafa impropia que le atribuía la acusación particular.

Sin embargo, para comprar en beneficio del matrimonio la otra finca contigua a su propiedad, argumentó falsamente que su madre tenía un derecho de adquisición preferente y él unos bonos de la entidad bancaria poseedora del inmueble, y pidió a las víctimas que le adelantaran fondos para entregarlos a cuenta, lo que se materializó en una treintena de cheques.

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Como esos cheques no alcanzaban el supuesto montante de la venta y con el pretexto de que no recuperarían las cantidades abonadas a cuenta, convenció al matrimonio, que las magistradas definen como «vulnerable» y de «peculiar personalidad», para que le cedieran otros inmuebles de su propiedad en operaciones que, les aseguró, eran una ficción tendente a aparentar solvencia ante el banco.

De esta forma, consiguió que la pareja estafada pusiera a su nombre sin condiciones hasta quince propiedades inmobiliarias valoradas en conjunto en casi 39 millones de euros, donaciones que generaron para los cedentes importantes cargas fiscales de las que tuvieron que hacerse cargo.

Les convenció además de que iba a comprar para ellos otra propiedad, unida a la que costaba en 1 millón de euros, que se vendía por 600.000 euros, algo que el matrimonio aceptó.

Para todo ello, actuó en algunas operaciones como apoderado de su madre, que puso a su disposición sus cuentas corrientes y fue la adjudicataria de algunas de las cesiones, por lo que ha sido condenada a hacerse cargo de forma solidaria de la responsabilidad civil de su hijo.

A.G.P., arquitecto técnico y promotor inmobiliario de Llucmajor para quien la acusación particular reclamaba 5 años de cárcel, ha sido condenado a 6 meses de prisión y 240.000 euros de multa por blanqueo de capitales por imprudencia.

El tribunal cree probado que este procesado se desentendió de conocer el origen de una finca valorada en 1,5 millones de euros que Toubes había obtenido de sus víctimas y que permutó con él por dos locales valorados en 133.000 euros y 40.000 euros en efectivo.

La defensa de los condenados tienen cinco días para plantear recurso de casación ante el Tribunal Supremo.