La Fiscalía y el abogado de la denunciante han pedido este viernes una condena de 15 años de prisión por agresión sexual continuada para el acusado de haber violado a su sobrina cuando tenía 4 años, en la última jornada del segundo juicio por este caso que ya se celebró en 2015 y se ha repetido en la Audiencia de Palma.
El hombre ha jurado ante el tribunal que los delitos que se le imputan «no son ciertos», en el turno de última palabra de este segundo juicio que ha quedado visto para sentencia, después de que el Tribunal Supremo ordenara a la Audiencia de Palma repetirlo y anulara la sentencia de conformidad que había dictado.
El policía ante el cual la joven denunció el caso en 2014, por esta agresión sexual supuestamente ocurrida en 1996, ha declarado ante el tribunal que la joven contó que había empezado a tener recuerdos como «flashes» de que su extío la agredió cuando era pequeña y la cuidaba junto a su primo.
Según el policía, también el primo (hijo del acusado) corroboró el relato desde el primer momento en que fue llamado a declarar.
La psicóloga de la asociación contra el abuso infantil RANA que trató a la joven, ha explicado ante el tribunal que el relato que hacía de las agresiones era «coherente y consistente» y que su comportamiento revelaba varios indicios que se corresponden con el de una víctima de abusos en la infancia.
«En ningún momento dudé de su relato, de sus emociones y de sus sentimientos», ha afirmado la psicóloga, que ha contado que la joven sufría ansiedad, evitaba el contacto masculino y revivió la supuesta agresión la primera vez que llegó a una relación íntima con su propia pareja, ante la cual reaccionó con violencia.
La joven consideraba la denuncia de los hechos como «parte de su curación, por la necesidad de justicia», ha explicado la psicóloga.
El psicólogo forense que la examinó tras la denuncia también ha detallado en su declaración pericial que no percibió que el relato pudiera ser un invento o falsedad, o que estuviera presionada por terceras personas.
También ha señalado que el retraso en presentar la denuncia, unos 18 años después de que supuestamente ocurriera la agresión, es compatible con una persona que ha podido sufrir algún tipo de abuso.
El psicólogo forense también examinó la acusado y concluyó que no sufre ninguna alteración o transtorno de la personalidad o la inteligencia y puede discernir perfectamente el bien del mal y las consecuencias de sus actos.
El fiscal ha pedido al tribunal que condene al acusado a 15 años de prisión y a indemnizar a la víctima con 24.000 euros por un delito continuado de agresión sexual. Ha recalcado que el delito no ha prescrito, porque no han transcurrido 20 años entre los hechos y la denuncia.
Agresión y no abusos
El acusador público ha explicado que considera que lo ocurrido es una agresión sexual y no abusos (que sí estarían prescritos al haber pasado más de 15 años) porque de la declaración de la víctima ha quedado acreditado que ejerció violencia al agarrar a la niña de la cabeza con las dos manos para obligarla a practicarle felaciones y sujetarla contra la cama para violarla analmente.
Ejerció además intimidación al repetirle constantemente que guardara «su secreto» para que no le pasara nada malo a su madre, que estaba embarazada, ni a su hermanita que iba a nacer.
Cree acreditados los hechos por el relato de la víctima, la corroboración de su primo y por la situación de hecho en la que el extío se ocupó de cuidar de los dos niños a solas unos meses.
El acusador particular, en nombre de la víctima, se ha adherido a la petición de condena del fiscal y ha justificado la petición de una indemnización de 24.000 euros porque la joven requiere seguir en tratamiento psicológico por la secuelas y entiende que el agresor debe correr con el gasto.
El defensor ha pedido la absolución, ha puesto en duda el relato de la víctima y ha manifestado que le causa extrañeza que tardara 18 años en denunciar los hechos y que ella misma haya admitido que desde que tuvo el recuerdo de lo supuestamente ocurrido hasta que denunció pasaron 2 años.
Ha planteado una petición alternativa, en caso de no ser absuelto, de que sea condenado por un delito de abusos sexuales con acceso bucal y anal y que el tribunal lo declare prescrito al haber transcurrido más de los 15 años que establece la ley.
El defensor ha agregado además como petición subsidiaria, que en el caso de considerarse agresión sexual, el tribunal aprecie la atenuante de cuasi-prescripción porque ha transcurrido más del 80 % del plazo de prescripción para la agresión sexual y tenga en cuenta las vicisitudes del caso, por la repetición del juicio, y rebaje la pena en dos grados hasta 3 años y 9 meses.
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