El acusado, defendido por el abogado Pep Perelló, abrió la misiva en julio de 2015 en su vivienda de El Toro. No se percató de que iba dirigida a la anterior moradora. La carta era una deuda de una compañía eléctrica. El hombre se la reenvió por correo electrónico. En el email le recriminaba que estaba decepcionado «porque no habían dado ninguna señal de querer resolver el pago de una indemnización que tenían pendiente». Según la juez, no ha quedado acreditado que el acusado, alemán de 47 años, haya divulgado el contenido de la carta a terceras personas.
La anterior moradora de la vivienda explicó que mantiene una relación de enemistad con el alemán. Ella y su madre fueron condenadas por apropiación indebida a dos años de cárcel. Tuvieron que devolver el chalet donde ahora vive el hombre y pagar 950.000 euros. «Que el acusado remitiera la carta a través del correo electrónico refuerza el hecho de que actuaba de modo no doloso, ya que, si la hubiera abierto de un modo intencionado no parece lógico que se la remitiera por correo electrónico».
7 comentarios
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@ contribuyente; el nuevo morador de una vivienda no puede ni debe abrir la correspondencia del antiguo morador,Su deber es entregarsela al cartero y que la devuelva éste con su correspondiente "no vive más en el lugar" que debe apuntar el cartero detrás de la carta y entregarla en oficina de correos para devolverla a su remitente,para que éste sepa que a quien intenta comunicarle algo ya no vive allí.El hecho de que viva allí legalmente no le dá derecho a abrir la correspondencia de su antiguo morador
¿Tú crees que el tres punto cero lo habrá entendido?
para tres punto cero. Se escanea o se fotografia, se crea un fichero imagen y se puede adjuntar a un correo electrónico. (otro dia que te acuestas aprendiendo una cosa nueva)
Cómo se envía una carta por correo electrónico?
Mira que abrir un procedimiento judicial por esto... luego se quejan de la acumulación de casos.
No entiendo como este pobre hombre ha pasado por este calvario mientras el fiscal del "prestamista" llega a un acuerdo y se va a la calle.
Que el morador legal de una vivienda abra el correo que va dirigido a la vivienda en la que está viviendo legalmente no tendría que ser delito.