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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de 15 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería a un hombre que agredió sexualmente de forma continuada durante más de siete años a una de las hijas menores de edad de su pareja.

El Alto Tribunal desestima el recurso de casación impuesto por el procesado y confirma íntegramente el fallo dictado por el tribunal de la Sección Primera, que le prohíbe acercarse a la víctima o a su familia a una distancia inferior a 500 metros, así como comunicarse durante un periodo de diez años y fija una indemnización de 30.000 euros ya que la niña padece un «trastorno por estrés postraumático agudo» que requiere de tratamiento psicológico con el fin de paliar las secuelas.

La sentencia consideró probado que el acusado, condenado en 2006 por violencia en el ámbito familiar y en 2007 por quebrantamiento de condena, abusó sexualmente de la menor desde que ella tenía ocho años hasta que, con 15 años, ella le contó a su familia lo que le estaba pasando.

En concreto, las agresiones comenzaron cuando convivía con su pareja y con sus dos hijas menores de edad en sus país natal y continuaron una vez que todos decidieron trasladarse a vivir a España «aprovechando esa misma relación de convivencia y su superioridad».

Así, desde «muy temprana edad», hizo objeto de «tocamientos con ánimo libidinoso» a la víctima cuando se encontraba en el cuarto de baño o en su dormitorio, donde la «observaba y simulaba acercamientos físicos causales con el propósito de besarla o tocarla».

Posteriormente, una vez que la niña contaba con 13 años de edad, y con «el pretexto de enseñarle a conducir, la sentaba sobre sus piernas en el interior del vehículo de su propiedad para hacerle objeto de diversos tocamientos».

Los abusos se recrudecieron cuando la víctima cumplió 14 años, momento en el que, según remarca la sentencia, comenzó a abordarla por la noche en su dormitorio cuando ambos se quedaban solos y, esgrimiendo un cuchillo, obligarla, «bajo amenaza de cortarle el cuello, a consumar relaciones sexuales contra su voluntad».

«A partir de entonces, hechos similares se produjeron en un numero indeterminado de veces, en todo caso superior a diez», relata la Audiencia Provincial, que subraya que «vencía la voluntad de la menor, utilizando o exhibiendo un cuchillo», y amenazando con «hacer daño a la madre y familia, a la que, por otra parte, maltrataba continuamente».

Una de las veces, el acusado entró en la habitación que la víctima compartía con su abuela aunque ella se despertó y le gritó que la dejara, tras lo cual «le contó a su familia los hechos que se habían venido sucediendo».