En una sentencia notificada este viernes, el juzgado condena a la directora de admisión del colegio a dos años de inhabilitación para la administración o dirección de centros educativos o de enseñanza, como responsable de un delito de contra los derechos fundamentales del artículo 512 del Código Penal.
La sentencia considera probado que la directora de admisión, Maravillas R.R., excluyó al hijo de una pareja homoparental del proceso de selección para entrar en el colegio por dicha condición, según la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En la misma sentencia se absuelve al director del colegio, que fue juzgado por el mismo caso, al considerar que no existe ningún elemento de prueba de su participación en la exclusión del menor.
Según se recoge en la sentencia, la directora de admisión negó que hubiera plaza en el colegio Yago School para el hijo de la pareja denunciante al conocer que estos eran homosexuales.
Así, «la conducta mantenida por la acusada como directora del departamento de admisiones del centro respecto de los denunciantes determinó una exclusión efectiva dentro del proceso de selección llevado a cabo en su momento», añade el fallo judicial, que se puede recurrir.
«La conclusión que expresa el informe de la Inspección, y que califica incluso como «hecho irrefutable», no es sólo que haya existido una desigualdad de trato en el procedimiento de admisión, sino también que el menor de la familia L. no está matriculado en el Centro porque no ha recibido una igualdad de trato con el resto de los niños escolarizados en infantil de 3 años», añade la sentencia.
El juicio por este caso quedó visto para sentencia el 21 de septiembre de 2016, cuando la Fiscalía mantuvo la acusación al director del centro y la directora de admisión.
Los padres del menor, que se casaron el 8 de abril de 2006, denunciaron que el centro educativo privado no les admitía a su hijo porque ellos formaban una familia homoparental.
6 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
No estoy de acuerdo que se discrimine a nadie por su condición sexual., pero sinceramente: qué hacen éstas dos personas apuntando a un niño a un colegio de éstas características, Pienso que ellos tendrían que haber buscado uno, con una educación más abierta. Y ésta señora se lo pensará mejor la pröxima vez.
#Xim: El hecho de que sea un colegio privado no justifica que se pueda cometer una falta o un delito, igual que no me da derecho a pegarte una perdigonada si te metes en mi propiedad… o sí? según tú, el hecho de ser privado hace que las leyes se queden en la calle… Como puedes leer, se trata de un delito tipificado en el Código Penal y no algo que se haya inventado un juez progre, como intuyo que algun@ pueda pensar… Hablas de veneno anticlerical… es curioso que para vosotros los creyentes, ser ateo o agnóstico sea siempre susceptible de ir en contra de la religión y no simplemente, no tenerla en cuenta… pero personalmente, me empieza a gustar ese nerviosismo que empieza a emerger especialmente en los católicos al ver que el negocio va a menos… saca de ellos lo más radical e integrista… Ya lo dijo Mark Twain: “-Es más fácil tener a alguien engañado, que hacerle ver que le has engañado.”
@carmenzita, me acabo de meter en la web del colegio y pone que es un colegio privado laico, así que reserva tu veneno anticlerical para otra ocasión.
Es privado pero concertado.Ya estâ bien de ser públicos o privados segun lo que les conviene a ellos.
Según la web de este colegio, es privado y "tradicional". Puede entenderse que su tipo de educación es conservadora. Los jueces les han dicho que su mentalidad estrecha no está de acuerdo con los derechos fundamentales. Ahora les toca abrir el abanico de su visión social, si sus orejeras se lo permiten.
Estos religiosos... Dicen: "Amad y sed amados", pero con total intolerancia y desprecio hacia todo los que no sean como ellos.