El juez niega la apertura cautelar de la discoteca de Magaluf. | Alejandro Sepúlveda

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma niega a BCM la apertura cautelar de la popular discoteca de Magaluf, a la espera de que se resuelva el recurso presentado por la empresa contra la orden de cierre del establecimiento dictada por el Ajuntament de Calvià.

La magistrada justifica su negativa argumentando que los perjuicios que se ponen en peligro por la demora procesal «son de carácter económico». Por contra, prosigue la jueza, los peligros que expuestos por el Consistorio para que su orden de clausura no fuera impugnada no se pueden ser ignorados, «ya que entra en juego la vida o salud de las personas que puedan ir a la discoteca». Por tanto, concluye Ramos, en una ponderación de intereses, cabe primero el alegato del Ajuntament, «puesto que el perjuicio económico, por su propia naturaleza, es fácilmente reparable».

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Los argumentos esgrimidos por la jueza a la hora de rechazar la solicitud de suspensión cautelar de cierre no han sido bien recibido por la propiedad de BCM y sus representantes invitan a la magistrada en particular y a la ciudadanía en general a preguntarse si es «fácilmente reparable la pérdida de 100 puestos de trabajo, los seis millones de euros que reclamamos al Ajuntament de Calvià en concepto de pérdidas o el quebranto que provoca al tejido empresarial de Magaluf que una de sus marcas de más reconocimiento internacional no esté en funcionamiento», sostienen desde la sociedad BCM Disco Empire, dueña de la discoteca. Cabe recordar que, tal y como adelantó Ultima Hora, la propiedad de la discoteca reclamará al Consistorio presidido por el alcalde Alfonso Rodríguez Badal (PSOE) seis millones de euros en concepto de daños y perjuicios. «Todo esto», han comentado desde la empresa, «sin entrar a valorar los efectos a corto y medio plazo de la ausencia de actividad de una de las marcas de la isla más reconocibles a nivel internacional».

Cabe destacar que contra la resolución del Juzgado se puede interponer recurso de apelación en el plazo de quince días.