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La sección segunda de la Audiencia de Palma ha suspendido un juicio a dos acusados de la presunta agresión sexual a una turista en el Port d'Alcúdia en septiembre de 2014, ante la incomparecencia de uno de los procesados, para quien ha ordenado la búsqueda y captura internacional.

La Fiscalía, que pide condenas de 12 años y 6 meses de prisión para cada uno de los dos acusados, ha solicitado al tribunal la suspensión del juicio ante la incomparecencia de uno de los acusados y también de la víctima, que al residir en el extranjero ha pedido además que el día que se celebre la vista se le permita declarar por videoconferencia y no tenga que viajar a Palma.

El tribunal de la sección segunda ha acordado la suspensión, ha anunciado que fijará nueva fecha para la celebración del juicio y ha ordenado la búsqueda y captura internacional del acusado que no ha comparecido.

También ha adelantado que permitirá que la víctima declare por videoconferencia ante la imposibilidad de trasladarse a Palma, por motivos laborales.

Los hechos que se juzgarán ocurrieron en la madrugada del 7 de septiembre de 2014 cuando, a la salida de una discoteca del Port d'Alcúdia, los acusados se ofrecieron a acompañar a una joven a una parada de taxis para que pudiera coger uno para regresar a su hotel pero la condujeron a la playa y allí la convencieron de que podía llegar al establecimiento a nado, según recoge el escrito de acusación de la Fiscalía.

Una vez en el agua, uno de ellos la violó mientras el otro la sujetaba y, posteriormente, el otro también la agredió sexualmente.

La Fiscalía pide para cada uno de ellos una condena de 12 años y 6 meses de cárcel por agresión sexual, así como que se les prohíba comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante 13 años.

El ministerio público además reclama que tras el cumplimiento de la pena de prisión se imponga a los dos acusados la pena de libertad vigilada durante otros 5 años, con obligación de participar en un programa de educación sexual.

Reclama además que indemnicen a la víctima con 6.000 euros por daños morales y que, en caso de condena, el tribunal acuerde que la clasificación de ambos en tercer grado penitenciario no pueda efectuarse hasta el cumplimiento de la mitad de las penas que se les impongan.