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El fiscal ha presentado un recurso de súplica al auto que decretó la puesta en libertad provisional de los cinco miembros de La Manada al considerar que no solo existe riesgo de fuga de los condenados, sino también de reiteración delictiva.

En el escrito, el fiscal destaca que el riesgo de fuga «no solo no ha desaparecido, sino que resulta más notorio», ya que, si bien las penas son muy inferiores a las solicitadas, «no es menos cierto que, aun no siendo firme, sí pesa ahora sobre ellos una condena de nueve años de prisión, es decir, una pena grave derivada de un delito grave».

Además, el fiscal recuerda que cuatro de los cinco condenados en Pamplona están siendo investigados por un presunto abuso sexual y contra la intimidad en la localidad cordobesa de Pozoblanco, «delitos que, como mínimo, llevan aparejadas penas de uno a tres años de prisión y de dos a cinco años, respectivamente, lo que incrementa el riesgo de sustraerse a la acción de la justicia».

Respecto a la posibilidad de reiteración delictiva, el fiscal señala que hay al menos indicios de que las acciones de La Manada en los Sanfermines de 2016 «no son un hecho aislado».

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La alegación de que los procesados no van a reincidir porque han perdido su anonimato, según el fiscal, «simplemente conduce a excluir el riesgo de reiteración delictiva a cualquier procesado por hechos graves que hayan tenido trascendencia mediática, y a hacer innecesaria dicha medida cautelar».

Para el fiscal, es necesario ponderar el derecho de los procesados y la debida protección de la víctima y en este caso considera que «ha primado el primero sobre el segundo».

Por otro lado, en el recurso se rechaza la medida cautelar de prohibir a los condenados entrar en la Comunidad de Madrid, ya que «supone una mayor limitación deambulatoria por el territorio nacional para la víctima que para los propios acusados».

En este sentido, el fiscal entiende que, si la víctima sale de la Comunidad de Madrid de viaje, para estudiar o para desarrollar una actividad laboral, «no contará con ninguna medida específica» de protección y por tanto resulta «manifiestamente injusto que sea la víctima quien sufra una mayor limitación de sus derechos».
+Por estos motivos, el fiscal pide la revocación del auto y que se acuerde la medida de prisión provisional sin fianza de los procesados.