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La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a cinco años de prisión al educador del Centro de Acogida Niño Jesús de Valencia acusado de haber abusado de una menor de 14 años que estaba bajo su tutela, a la que deberá indemnizar con 6.000 euros y no podrá acercarse a menos de 200 metros.

Según la sentencia, la sección segunda de la Audiencia Provincial, considera al acusado, exmarido de la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, aunque sin relación sentimental con ella cuando se produjeron los hechos, autor de un delito continuado de abuso sexual a una menor.

El tribunal asume las peticiones de la Fiscalía, e impone al acusado una pena de cinco años de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la menor, su domicilio o lugar donde se encuentre y de comunicarse con ella por un tiempo de diez años.

Se le inhabilita también para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores durante un plazo de 10 años, y se le impone la medida de libertad vigilada por tiempo de cinco años en relación con el artículo 106.1 j del Código Penal, con obligación de participar en cursos formativos de educación sexual.

En concepto de Responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar al legal representante de la menor en la cantidad de 6.000 euros con el interés legal correspondiente.

Según los hechos probados de la sentencia, que puede ser recurrida, durante determinados períodos de entre finales 2016 y principios de 2017, el acusado, que se ocupaba del turno de noche en el citado centro de menores y con el que la menor tenía una relación de confianza, acudía a la habitación individual que tenía la menor cuando se hallaba castigada.

A petición de ella, pues tenía dificultad para conciliar el sueño por sus miedos, él accedió en varias ocasiones a hacerle masajes en la zona del cuello y en la espalda, aunque una vez que creía que la menor se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella.

La víctima, que fingía dormir ante la vergüenza que le producía esta situación, que se repitió entre dos y diez veces, no quiso denunciar en un principio los hechos por vergüenza, miedo y porque pensaba que nadie le iba a creer, al estar relacionado el acusado con un cargo importante de una Conselleria.

El tribunal da credibilidad al relato de los hechos realizado por la menor, «no solo por resultar coherente» y haber dado explicaciones «sobradamente convincente y razonables», sino por ir reforzado además por las declaraciones de otros testigos, y por no advertirse intención de perjudicar deliberadamente al denunciado.

El hecho de que la niña no rechazara abiertamente los abusos se explica por las circunstancias de vulnerabilidad de la menor; la buena relación que mantenía con el acusado; el hecho de que éste tenía relación con personas importantes, y su desconfianza en que sus manifestaciones fueran a ser creídas.

En este sentido, la sentencia considera normal que la víctima no sea capaz de concretar fechas exactas pues se considera acreditado que, al menos desde octubre de 2016 hasta enero o febrero de 2017, la menor pasó período largos en la habitación individual, debido a su mal comportamiento.

Además, señala que cuando finalmente el novio de la menor conoce por ella los hechos, va a pedirle explicaciones al educador y la reacción de éste ante una acusación tan grave, no fue la de negar los hechos de una manera vehemente.

Los magistrados rechazan las alegaciones del acusado, y consideran sorprendente que ni la directora del centro de menores ni la psicóloga de la Sección del Menor de la Dirección Territorial de Igualdad, preguntaran a la menor por los abusos, tras tener conocimiento de que éstos se podían estar produciendo.

Sobre el hecho de que la menor permaneciera esposada hasta ser conducida al juicio, en la sentencia se indica que la presidenta del Tribunal pidió a los agentes que le retiraran las manillas, a lo que éstos se negaron produciéndose, según el tribunal, «una nueva victimización de la niña».