El juez le condena a indemnizar a la denunciante con 6.000 euros por el daño moral causado. También, a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a 13 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como al pago de las costas causadas en ambos delitos incluidas las de la acusación particular. El condenado publicó la foto en Twitter el 6 de diciembre de 2017.
La resolución no es firme, sino que la misma es susceptible de recurso de apelación ante este juzgado dentro de los diez días siguientes a su notificación, cuyo conocimiento corresponderá a la Audiencia Provincial de Navarra.
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