El acusado César Román, conocido como el Rey del Cachopo, a su llegada a la Audiencia Provincial de Madrid. | Víctor Lerena - jrp - EFE - EFE

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 15 años de cárcel a César Román, el Rey del Cachopo, por el homicidio de su exnovia Heidi Paz en 2018, con los agravantes de parentesco y género.

La sentencia sigue el veredicto de culpabilidad emitido el pasado 1 de junio por el jurado popular, que le consideró culpable por unanimidad de matar a Heidi Paz y descuartizarla tras no aceptar que ella quisiera acabar con la relación que ambos mantenían.

La Fiscalía solicitó 15 años y 5 meses de prisión por homicidio y profanación de cadáver, al igual que la acusación popular que ejerce la Comunidad de Madrid, mientras la acusación particular pidió 28 años y 5 meses de cárcel por asesinato, profanación de cadáver y maltrato.

Ahora la sentencia dictada por la magistrada Araceli Perdices le condena por homicidio con las agravantes de parentesco y género a 15 años de prisión, que es el máximo para ese delito por «el reproche que merece la conducta del acusado» al matar a una joven con dos hijos menores y tener en cuenta que desmembró el cadáver, sin que aún hayan aparecido ni la cabeza ni las extremidades.

Además pone de relieve que el acusado aseguró que Heidi pertenecía a una banda de narcotraficantes y ejercía la prostitución, en contra de lo que ha quedado acreditado en el juicio.

Precisa que esa conducta del procesado genera una «angustia e incertidumbre» a sus familiares «de la que difícilmente podrán desprenderse a lo largo de su vida», y reconoce que César Román, además de descuartizar el cuerpo, lo roció con sosa cáustica y seccionó las mamas para destruir unas prótesis que hubieran permitido identificar antes a la víctima y quitó un trozo de piel de la zona de la cesárea por el mismo motivo.

Pero no le condena por el delito de profanación de cadáver porque «todas y cada una de las acciones llevadas a cabo sobre el cadáver de Heidi estaban encaminadas a su traslado y ocultación y a impedir que se pudiera establecer su identidad y la causa de su fallecimiento, dificultando con ello su vinculación con el acusado y la atribución al mismo de un comportamiento delictivo».

Explica la sentencia que la jurisprudencia indica que no concurre el delito de profanación si el fin que se persigue al descuartizar y deshonrar un cuerpo es el autoencubrimiento, y hace hincapié en que, no obstante, su conducta se tiene en cuenta a la hora de fijar la pena y la responsabilidad civil.

La sentencia condena a César Román, además de a la pena de prisión, a 15 años de libertad vigilada cuando salga de la cárcel, así como a indemnizar a los hijos de Heidi con 142.229 euros a cada uno y a su madre con 100.000.