Imagen de archivo de un autobús de la EMT de Palma. | Redacción Local

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El Juzgado de lo Social número 4 de Palma ha revocado la sanción impuesta por la EMT a uno de sus conductores por haber avisado a un grupo de cuatro pasajeros que quería ir de la estación marítima al aeropuerto de Palma de que ir en taxi era más rápido y más barato.

Los hechos ocurrieron en octubre de 2020. Meses atrás, la EMT recordó a los conductores que tenían el deber de colaborar con la empresa, informando de las posibles mejoras que se observaran en el servicio, ha informado el Sindicato Independiente de Trabajadores y Empleados de Baleaers (SITEIB) en un comunicado.

Poco después, el 25 de octubre de 2020, unos usuarios preguntaron al chófer sobre el precio y la duración del trayecto Puerto-Aeropuerto. El conductor preguntó a su vez a un taxista cuánto les costaría el servicio, e informó, tanto a los usuarios como a la empresa, de que resultaba hasta 12 euros más barato ir en taxi que en bus. En el mensaje de Whatsapp que el conductor mandó a la empresa explicó: «He preguntado al taxi cuánto cobraba y me ha dicho 20,5, nosotros 32». Y añadió: «Solo por si se lo podéis comunicar a quien sea el responsable».

Sin embargo, pese a que meses antes la propia empresa había pedido que le remitiesen mejoras, la EMT abrió expediente al conductor. ¿La razón?: una falta laboral muy grave, con 21 días de suspensión de empleo y sueldo. El conductor, asistido por la abogada Francesca Jaume, impugnó judicialmente la sanción. La empresa, considerando que el conductor había actuado de mala fe y con intencionalidad de perjudicar a la EMT.

Ahora, el Juzgado de lo Social número 4 de Palma ha anulado la sanción y sus consecuencias al entender que no hubo ninguna conducta sancionable por parte del conductor. La jueza afirma que, según explicó el propio conductor, nunca fue perjudicar a la empresas, sino «muy al contrario, intentó beneficiarla» al poner en conocimiento de los responsables «las deficiencias a mejorar para que la empresa pueda ser competitiva en su sector». Los clientes se decidieron por el taxi por el menor precio y porque éste les llevaría más rápido al aeropuerto, según la jueza. La sentencia destaca que lo que hizo el conductor no le supone ningún beneficio particular al trabajador, que tenía que hacer el recorrido igual, tuviera o no pasajeros, y además la empresa no ha demostrado el perjuicio. Según la sentencia, «dicha actuación denota honradez por parte del trabajador y crea una 'buena impresión' de servicio público en el ciudadano. No supone tampoco ningún beneficio particular para el trabajador, pues el recorrido hubo de hacerlo igual».