El acusado fue condenado días atrás en un juzgado de Palma. | Alejandro Sepúlveda

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Un empresario menorquín de 24 años convocó a sus dos socios y amigos a una comida en Mallorca con un supuesto lord inglés para hablar de invertir en tres promociones inmobiliarias en Altea, Valencia y San Sebastián. En la tarjeta de visita que el hombre entregó a los dos socios del empresario aparecía su nombre junto al de su mujer, una dirección del Reino Unido, dos números de teléfono con el prefijo español y un escudo de armas gobernado por un reno con dos espadas cruzadas. Los socios del joven pensaron que se trataba de una apuesta ganadora y sin riesgo, pero se equivocaron.

El joven empresario se apropió de los 5.300 euros que invirtieron sus dos socios y amigos. La jueza titular del juzgado de lo Penal número 4 de Palma le ha condenado recientemente a un año de cárcel por un delito de estafa. «Esa comida y esa persona invitada a la misma daban una apariencia de veracidad al proyecto. Fue, sin duda, una puesta en escena para vender una operación inexistente. A ello hay que añadir que el señor se presentó como un lord inglés y, por tanto, con buenas relaciones sociales», indica la jueza en la sentencia.

Los hechos ocurrieron en octubre de 2018. El acusado, que era administrador único y titular de una empresa, constituyó una sociedad junto a sus dos socios. El joven les hizo creer que su empresa tenía firmado un acuerdo con una promotora que había firmado una opción de compra sobre varias promociones inmobiliarias con un fondo inglés. Les dijo que si invertían una cantidad no muy elevada de dinero obtendrían un gran beneficio.

Los perjudicados aportaron 5.300 euros, pero cuando llegó la fecha de vencimiento de la opción de compra el acusado no les devolvió las cantidades entregadas. La sentencia señala que no existía ninguna relación ni ningún acuerdo entre la empresa del procesado y el fondo inglés. Todo era un engaño.

El apunte

Un engaño «idóneo» con un socio que aparentaba solvencia

La jueza recoge en la sentencia que el engaño fue «idóneo». «La maquinación empleada por el acusado no fue burda, la operación se efectuó mediante un contrato a través de una empresa solvente que se dedicaba al negocio inmobiliario y con un socio que aparentaba solvencia por ser un lord inglés». Las víctimas actuaron confiando en «la decencia y honestidad» del acusado. No tenían ninguna razón para desconfiar de él. Eran socios y amigos. La magistrada también ha impuesto una multa de 10.600 euros a la empresa del estafador.