La Audiencia de Palma ha condenado a un hombre a ocho años de cárcel por tirar dos veces por el balcón a su novia en Inca. «Que la mujer no sufriera lesiones más graves o su muerte se debió a que pudo agarrarse en las dos ocasiones a elementos de la fachada del inmueble», indica el tribunal de la Sección Segunda, que también le impone una indemnización de 13.998 euros para la víctima por las lesiones y secuelas ocasionadas.
La sentencia recoge que los hechos ocurrieron sobre las 23.00 horas del 31 de mayo de 2021 en el domicilio en el que vivía el acusado, de 31 años y nacionalidad colombiana, situado en la calle Poeta Costa i Llobera de Inca. La mujer, de 29 años, había ido a visitarle a la casa e iniciaron una fuerte discusión en el dormitorio. En un determinado momento el procesado le propinó un puñetazo en el rostro y continuó agrediéndole en la zona del pecho y en los brazos.
La víctima se encontraba semidesnuda y aturdida por los golpes recibidos cuando el acusado la cogió de las piernas y la arrojó al vacío. La mujer consiguió agarrarse de los barrotes de la barandilla metálica del balcón y, mientras intentaba subir, su pareja le golpeó las manos en repetidas ocasiones hasta conseguir que se soltase y se precipitara de 4,80 metros de altura hasta impactar contra el suelo de la acera de la calle.
La perjudicada pudo levantarse tras la caída y se dirigió de nuevo al interior del domicilio para vestirse y recoger sus enseres. El hombre la cerró en la habitación y siguió dándole puñetazos por todo el cuerpo. A continuación, la cogió en brazos y la volvió a tirar por el balcón. La chica pudo agarrarse durante la caída a los cables de electricidad que se encontraban aferrados a la fachada y frenar así el impacto.
La mujer sufrió múltiples fracturas en la nariz a consecuencia de los puñetazos que recibió y se fracturó el talón derecho en una de las caídas. La Audiencia señala que «la escalada de violencia llevada a cabo por el procesado denota una clara intención de insistir en las agresiones a su pareja sin importarle el resultado de las mismas».
Para el tribunal, «la insistencia incansable de ataque a la mujer determina que la intención del acusado no se limitaba a lesionar, de hecho, los ataques finalizaron al necesitar la víctima ayuda para incorporarse después de la segunda caída y la suerte de la intervención de una pareja vecina que la asistió y avisó a las ambulancias y a la policía».
33 comentarios
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Nadie comenta porqué la victima, sabiendo que el agresor está en casa, vuelve de nuevo en vez de salir huyendo a pedir ayuda.
Pero para algunos la violencia de género no existe ascazoo
A este tendrían que mandarlo a una cárcel de Colombia a pagar los 8 años que allí los paga casi que completitos!
La reincidencia no es agravante ? Pocos años me parecen
Cómo coño, no una si no dos veces, ha tratado de matarla, tirándola por la ventana. Con una no basta? y sólo ocho años?. En fin!
Muy barato le ha salido al nota. Si yo tuviera algún arraigo con la víctima, o no, me gustaría hablar con él ❤️
Ridícul, especialment per la reincidència. Perquè a la segona ja és intent d'homicidi a les clares.
Isabel JuliàSe entiende porque, como responde Arrom a @Resistencia, hasta ese punto queda anulada la voluntad en las víctimas de violencia, que en este caso es de género. ¿Cómo va a poder reaccionar con lógica racional si está bajo un tremendo estrés?
Qué mal está la justicia en espi
Señoras señores y señoros contribuyentes.... ¡¡A Pagaaaaaaaaaaaaaaaar!!!!!!