El Tribunal Supremo ha fijado la pena en cinco años y diez meses de prisión para el varón. | Reuters

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En julio de 2022 Mohamed M. fue condenado por la Audiencia Provincial de Palma a 17 años y un mes de prisión por hasta siete delitos cuya víctima era la misma: su expareja. Meses después el TSJIB anuló dos de ellos, el de agresión sexual y maltrato de obra, y su pena se vio rebajada en casi 10 años. Ahora, tras el recurso de casación presentado por su abogado, Miguel Ángel Ordinas, al Tribunal Supremo su castigo queda fijado en cinco años y 10 meses tras quedar absuelto también de maltrato habitual.

Al procesado, que está en la prisión de la capital balear por estos hechos, se le considera autor de amenazas, acoso, quebrantamiento de condena y descubrimiento de secretos respecto a la víctima, con la que convivió en Manacor.

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La Audiencia de Palma consideró probado que en diciembre de 2019, a pesar de una sentencia por malos tratos que le prohibía al enjuiciado acercarse a su ex, contactó con ella y concertaron una cita para hablar de su relación. Los días siguiente continuó llamándola desde su teléfono y también desde otros números, lo que provocó que la víctima le bloqueara. Tiempo después, cuando la mujer acudió a la playa junto a su familia, al hombre le entró un ataque de celos y fue a buscarla, pero no la encontró. A su vuelta, accedió al coche de su ex y cogió su móvil, que ella había dejado. Y a cambio depositó uno suyo. A través de ese terminal el hombre controlaba los movimientos de la perjudicada. Cuando ella se dio cuenta la amenazó. «Si te quitas aplicaciones, te mataré delante de tus hijos».

Durante aquel verano de 2020 el procesado la llamó y le dijo que su madre estaba enferma. Quedaron en verse en Portocolom y allí tuvieron relaciones sexuales. Ella declaró en el juicio que la violó. Y fue condenado por la Audiencia por ello. Pero el TSJIB absolvió a Mohamed M. al detectar contradicciones de la víctima entre lo que dijo en el juicio y lo señalado en Instrucción.

Tras conocer el fallo del TSJIB, su defensa acudió al Supremo. Meses después el Alto Tribunal ha revocado al sentenciado el delito de maltrato habitual y fija finalmente su pena total en cinco años y diez meses, casi doce años menos del castigo fijado por la Audiencia Provincial de Palma en julio de 2022.