La Audiencia Provincial de Palma, sede del Tribunal Superior Justicia de les Illes Balears. | Alejandro Sepúlveda

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha anulado la condena de 9 años de prisión impuesta en julio de 2022 por la Audiencia Provincial a un hombre condenado por, entre otras cosas, agredir sexualmente a su expareja en Porto Colom tras las contradicciones de la víctima durante el juicio. El procesado, marroquí en situación irregular en España, fue sentenciado a más de 17 años por quebrantamiento, maltrato habitual y de obra, amenazas, acoso, descubrimiento de secretos y agresión sexual. Ahora, tras el recurso de su abogado, Miguel Ángel Ordinas, la pena ha quedado en siete años y siete meses, después de que también se le hayan suprimido otros diez meses de privación de libertad por el maltrato de obra.

La Audiencia consideró probado en su sentencia que en diciembre de 2019, a pesar de una sentencia por malos tratos que le prohibía al acusado acercarse a su ex, contactó con ella y concertaron una cita para hablar de su relación. Los días siguiente continuó llamándola desde su teléfono y también desde otros números, lo que provocó que la víctima le bloqueara.

Tiempo después, cuando la mujer acudió a la playa junto a su familia, al hombre le entró un ataque de celos y fue a buscarla, pero no la encontró. A su vuelta, accedió al coche de su ex y cogió su móvil, que ella había dejado. Y a cambio depositó uno suyo. A través de ese terminal el hombre controlaba los movimientos de la perjudicada. Cuando ella se dio cuenta la amenazó. «Si te quitas aplicaciones, te mataré delante de tus hijos». Durante aquel verano de 2020 el procesado la llamó y le dijo que su madre estaba enferma. Quedaron en verse en Porto Colom y allí él la forzó a mantener relaciones sexuales.

El fallo del TSJIB destaca contradicciones de la mujer entre lo que dijo en el juicio y lo señalado en Instrucción. Entre otras cosas, en lo de mantener relaciones sexuales consentidas después de la sentencia de malos tratos. Por eso el Tribunal sostiene que es difícil «distinguir las anteriores de aquella del verano de 2020 en las rocas de Porto Colom».