El segundo juicio se había señalado para el 5 de noviembre, pero esta fecha le coincide a la defensa de Rigo con otra causa fuera de la isla, lo que le ha llevado a presentar el escrito de suspensión, que todavía no ha sido contestado. Igualmente, ha reclamado que todas las partes sean convocadas para coordinar las agendas.
Cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ordenó repetir el juicio declarando nula la sentencia que absolvía al jubilado, al estimar un recurso de la Fiscalía.
Los hechos que se juzgan tuvieron lugar en febrero de 2018 en una casa de campo en Porreres. Pau Rigo, de 78 años en aquel momento, afronta una acusación por homicidio por la muerte de uno de los atracadores. Junto a él serán juzgados otros tres hombres: dos vecinos de Campos acusados de planear el robo y un tercero al que le habrían encargado la ejecución del golpe --hermano gemelo del ladrón fallecido--.
Durante el asalto --el segundo que sufría el matrimonio de ancianos en cuestión de meses, en una casa de campo aislada--, Rigo logró coger una escopeta de caza y disparó contra uno de ellos, que falleció.
El juicio terminó con un veredicto que inicialmente se interpretó como condenatorio, pero tras detectar que no se había alcanzado la mayoría suficiente, se iniciaron una serie de recursos por los que finalmente la magistrada dictó la absolución.
Redacción del cuestionario que se entregó al jurado
La controversia vino de la redacción de una de las proposiciones del veredicto que se entregó al Jurado. Sus miembros descartaron por unanimidad que Rigo hubiera disparado con intención de causar la muerte al ladrón. A este hecho apela la defensa del anciano para considerar que el veredicto absolutorio es indiscutible.
El problema fue que, en otro punto posterior del veredicto, el Jurado apoyó por cinco votos frente a cuatro --lo cual no es suficiente para una condena-- que Rigo era culpable de matar al ladrón «estando sometido a una amenaza, real, seria e inminente que produjo una afectación grave de su entendimiento y una deficitaria dominación de su voluntad».
La defensa de Rigo entendía que esa redacción iba dirigida a contemplar circunstancias atenuantes en caso de que se hubiera declarado probado previamente el homicidio, pero en cualquier caso, dado que no se alcanzó el número de votos necesarios para una condena, señalaba que la consecuencia sería una absolución. La sentencia posterior acogió ese argumento, y lo recurrió la Fiscalía. Finalmente, el TSJIB ordenó repetir el juicio.
3 comentarios
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Si la sociedad fuera más valiente, no estaríamos así...Como en Fuenteovejuna, si la ley no es justa, la justicia se administra todos a una.
Un héroe y un valiente. Mis respetos al Sr. Rigo.
No cambie la fecha del juicio. El tiempo es esencial, no más retrasos. Ha estado libre desde que mató a tiros a otra persona desde 2018 y no se le debería permitir comprar más tiempo de libertad. Se debe considerar que se hace justicia con todos los delincuentes, especialmente con los asesinatos.