El juez del Juzgado de Primera Instancia número 54 de Madrid,
Enrique Jesús Bergés De Ramón, desestimó la medida cautelar
solicitada por Lorenzo Sanz para suspender la regulación del
ejercicio del derecho de voto por correo en las elecciones a la
presidencia del Real Madrid.
El juez admitió «en parte» el recurso de Sanz al acordar la
medida cautelar «consistente en requerimiento de inmediata cesación
de la captación de recogida de voto por correo emprendida por la
candidatura encabezada por Florentino Pérez», por lo que no tendrán
validez los votos por correo recogidos desde el momento de la
emisión de la sentencia para las elecciones que se celebrarán el
próximo día 11.
El abogado José Luis del Valle y el procurador Argimiro Vázquez,
por parte de Florentino Pérez, el letrado del Real Madrid Antonio
Vázquez y la oficial de la procuradora Pilar Azorín-Albiña, Laura
González, fueron los representantes de las partes que recogieron la
sentencia a las 13.30 horas.
Contra la resolución, cabe recurso de apelación ante la
Audiencia Provincial, que tendrá que anunciarse en cinco días.
Dicho procedimiento se inició cuando Sanz instó a la suspensión
del voto por correo, que fue aprobado por la Junta de Gestión
Electoral, así como la inmediata cesación de su captación y
recogida emprendida por la candidatura encabezada por Florentino
Pérez, argumentando que éste captaba el voto no sólo en las
oficinas electorales, sino también en actos de carácter electoral,
encargándose de su gestión.
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