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El juez del Juzgado de Primera Instancia número 54 de Madrid, Enrique Jesús Bergés De Ramón, desestimó la medida cautelar solicitada por Lorenzo Sanz para suspender la regulación del ejercicio del derecho de voto por correo en las elecciones a la presidencia del Real Madrid.

El juez admitió «en parte» el recurso de Sanz al acordar la medida cautelar «consistente en requerimiento de inmediata cesación de la captación de recogida de voto por correo emprendida por la candidatura encabezada por Florentino Pérez», por lo que no tendrán validez los votos por correo recogidos desde el momento de la emisión de la sentencia para las elecciones que se celebrarán el próximo día 11.

El abogado José Luis del Valle y el procurador Argimiro Vázquez, por parte de Florentino Pérez, el letrado del Real Madrid Antonio Vázquez y la oficial de la procuradora Pilar Azorín-Albiña, Laura González, fueron los representantes de las partes que recogieron la sentencia a las 13.30 horas.

Contra la resolución, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que tendrá que anunciarse en cinco días.

Dicho procedimiento se inició cuando Sanz instó a la suspensión del voto por correo, que fue aprobado por la Junta de Gestión Electoral, así como la inmediata cesación de su captación y recogida emprendida por la candidatura encabezada por Florentino Pérez, argumentando que éste captaba el voto no sólo en las oficinas electorales, sino también en actos de carácter electoral, encargándose de su gestión.