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La Fiscalía Anticorrupción interrogará el próximo jueves al expresidente del Zaragoza Agapito Iglesias por su presunta participación en el supuesto amaño del último partido de la liga de fútbol 2010-2011 entre el Zaragoza y el Levante, para que este último perdiera a cambio de cientos de miles de euros.

El fiscal Anticorrupción Alejandro Luzón le ha citado a las 9.00 horas junto a una veintena de jugadores del Zaragoza y del Levante, que deberán comparecer en relación a ese partido entre el jueves y el viernes en la sede de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en la calle Manuel Silvela de Madrid.

Desde hace un año, la Fiscalía investiga el presunto pago por parte del Zaragoza a los jugadores del Levante por perder el último partido de liga de la temporada 2010/2011 que disputaron el 21 de mayo de 2011 ambos equipos en el campo del Levante, en el que el club aragonés se jugaba la permanencia en primera división.

Gracias a ese supuesto amaño, el Zaragoza obtuvo los tres puntos que necesitaba para evitar el descenso a segunda división al ganar al Levante por 1-2, lo que supuso que finalmente fuera el Deportivo de la Coruña el que bajara de categoría.

Según han informado a Efe fuentes fiscales, fue presuntamente Agapito Iglesias quien se puso en contacto con jugadores del Levante para concertar el amaño de ese partido, de ahí que se haya emplazado al expresidente del Zaragoza para que declare entre los primeros.

Entre los jugadores del Levante que han sido llamados a declarar se encuentran el que era entonces el capitán del equipo, Juanfran García, y Héctor Rodas.

La Fiscalía ha apoyado su investigación en un informe elaborado por su Unidad de Apoyo de la Agencia Tributaria sobre las cuentas bancarias de los jugadores supuestamente involucrados en este fraude.

Una vez que el fiscal Alejandro Luzón tome declaración a todos ellos, su intención es judicializar estas diligencias en el correspondiente juzgado de Valencia, donde se disputó el partido.

La conducta que se les atribuye podría ser constitutiva del delito de corrupción entre particulares contemplado en el artículo 286 bis del Código Penal y que castiga con penas de prisión de seis meses a cuatro años a quien «por sí o por persona interpuesta prometa» un beneficio de cualquier naturaleza para que le favorezca a él o a un tercero frente a otros.

En este caso sería de aplicación el apartado 4 de ese artículo, que se refiere «a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales».