MALLORCA KOSSEN SEPTIMO DIA | Monserrat

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Fernando Pons Niza está contra las cuerdas. La demanda en acción de reintegración interpuesta por los administradores concursales, que solicita la devolución de la gratificación del millón de euros recibido por el director deportivo de manos del ex propietario Vicenç Grande, destapan los enredos protagonizados por el ex jugador del Murense.

La demanda remitida a la jueza María Encarnación González, a la que ha tenido acceso Ultima Hora, consta de medio centenar de folios e incluye los dos contratos de trabajo firmados por Pons en apenas un año de diferencia; el contrato de venta de los derechos federativos de Dani Güiza -traspasado por 15 millones de euros, seis de los cuales se pagaron en comisiones- y las tres diferentes nóminas, percibidas por el director deportivo, emitidas por el club en justificación de los pagos convenidos hasta alcanzar el millón de euros brutos.


Los administradores califican el premio como «un acto gratuito convenido en claro detrimento del patrimonio empresarial e inscribible en el período de los dos años de sospecha a que alude la Ley». Asimismo, destaca que el premio recibido por el ex jugador del Murense no aparece en ninguna de las actas de las nueve reuniones del consejo de administración celebradas durante el año 2008.


El día 27 de agosto de 2008 -cuando el traspaso de Daniel Güiza se había consumado un mes y medio antes- Nando Pons y Vicenç Grande suscriben el documento objeto de rescisión. En relación a la elevada plusvalía por la venta de los derechos del jugador Dani Güiza «el Mallorca desea remunerar al Sr. Pons todo ello de forma independiente y complementaria a las retribuciones ya pactadas contractualmente». En ese momento, el director deportivo percibía 200.000 euros netos por año más el doble de las primas que recibe un integrante de la primera plantilla.


En el cuarto punto del acuerdo sellado entre Vicenç Joan Grande i Garau y Fernando Pons Niza aquel 27 de agosto de 2008, subraya que la gratificación extraordinaria sea de 600.000 euros netos, cuyo pago será efectivo en tres plazos: «150.000 euros netos mediante transferencia bancaria el 31 de agosto de 2008; 150.000 euros netros el 31 de diciembre de 2008 y 300.000 euros netos el 31 de julio de 2009».


La elevada plusvalía es calificada de mediocre teniendo en cuenta que el club ingresó por la venta de Daniel Güiza 9.182.793,41 euros en lugar de los 15.330.000 euros pactados.
Ese pago neto de 600.000 euros, traducido en una retribución bruta

tras la aplicación de la retención fiscal, se refleja en una suma de 1.052.631,59 euros. Según los administradores, el pago efectuado reúne todos los requisitos para que sea rescindible. «Es un acto perjudicial para la masa de acreedores; está realizada dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración del concurso» y, entre otros motivos, «no es propio de una sociedad mercantil donar dinero» ni haber «gratificado nunca antes a un director deportivo por participar en las negociaciones para la venta de los derechos federativos de un jugador».