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La Audiencia Provincial de Bizkaia ha dictado ocho autos en los que rebaja, entre uno y dos años de media, las penas impuestas a nueve condenados por delitos de agresión sexual, abuso sexual y violación, en aplicación de la nueva 'Ley de solo sí es sí'.

En las ocho resoluciones de las secciones Primera y Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia dadas a conocer este viernes, fechadas entre el 19 de diciembre de 2022 y el 10 de enero de 2023, se ha procedido a la revisión de las sentencias, y se ha decretado la rebaja de las condenas en base a la Ley integral de libertad sexual que entró en vigor en octubre del pasado año.

En la primera de las resoluciones, la Sección Sexta del órgano judicial vizcaíno rebaja la pena impuesta, en enero de 2020, a un condenado por agresión sexual en grado de tentativa de 4 años y seis meses de prisión a tres años de cárcel.

En un segundo auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Bizkaia, a un condenado a ocho años de prisión por abuso sexual se le rebaja la pena, impuesta en noviembre de 2021, a seis años de cárcel.

Por su parte, en un tercer auto, a un condenado, en enero de 2010, a las penas de 12 años y seis años de prisión como autor material y cooperador necesario, respectivamente, de dos delitos de agresión sexual, se le rebaja la condena a diez años, en el primer delito, aunque se mantienen los seis años en el caso del segundo.

En una cuarta resolución dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia, se rebaja la pena de 12 a nueve años de prisión a dos condenados, en junio de 2010, por un delito de violación por actuación conjunta de dos o más personas.

En otro de los autos, se reduce la pena de 14 a 13 años de prisión a un condenado, en abril de 2015, por agresión sexual con acceso carnal y uso de medio peligroso en concurso ideal-medial con un delito de detención ilegal.

Una sexta resolución judicial rebaja de 12 a diez años de cárcel la pena impuesta, en febrero de 2008, a un hombre condenado por un delito de violación agravado por la actuación conjunta de dos o más personas, pero mantiene la condena de seis años de prisión que se le impuso por «cooperador necesario» de un delito de violación.

En un séptimo auto, esta vez de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia, se rebaja otros dos años, de cinco a tres años, la pena de prisión a otro agresor sexual, condenado en septiembre de 2021 por un delito de agresión sexual con violencia e intimidación, con acceso bucal.

Por último, en otra resolución de la Sección Primera a un condenado a 14 años y tres meses de prisión por agresión sexual a un menor, se le rebaja la condena a 13 años y nueve meses, sin que esta reducción se extienda a la pena accesoria impropia de prohibición de acercamiento y comunicación a la víctima establecida en sentencia.