Edificio del Tribunal Supremo | Alberto Ortega - Europa Press

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de 34 años de prisión impuestas a cada uno de los miembros de una pareja por el secuestro, robo con violencia y asesinato de un hombre residente en Getxo (Bizkaia) al que la mujer acusada había contactado por la red social Badoo en septiembre de 2019, según ha informado el TS.

El alto tribunal ha desestimado íntegramente los recursos de ambos condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ratificó a su vez la sentencia de un tribunal del jurado de la Audiencia de Zaragoza.

Los hechos probados de la sentencia ratificada indican que la mujer acusada contactó por la red social Badoo con la víctima y le emplazó a una cita el 6 de septiembre de 2019 en la localidad de Zaragoza donde ella vivía con su pareja.

Según señala la resolución judicial, tras acudir el hombre a la cita, y una vez que la mujer se ganó su confianza, la víctima fue abordada sorpresivamente, reducida e inmovilizada con bridas. Los acusados se apoderaron de sus pertenencias, le golpearon salvajemente y le intimidaron para conseguir las claves de sus tarjetas bancarias, con las que realizaron seis extracciones entre los días 7 a 11 de septiembre.

El hombre estuvo retenido, sujeto con bridas y sin poder defenderse tres días, del 6 al 8 de septiembre, en el transcurso de los cuales recibió golpes en cabeza y tórax con un objeto contundente, compatibles con una muerte lenta. Finalmente, el mismo 8 de septiembre procedieron a desnudar al hombre y le enterraron a continuación, cuando aún estaba vivo aunque «en un más que probable estado límite de agonía». Finalmente, falleció en la fosa donde fue enterrado.

Los dos acusados ven confirmada la condena por delito de asesinato (25 años de prisión para cada uno), detención ilegal en concurso medial con robo con violencia (6 años), y un delito de estafa (3 años), como consecuencia de haber vendido el vehículo Mercedes con el que la víctima se había desplazado a su cita.

Además, deberán pagar solidariamente una indemnización de 185.000 euros al hijo de la víctima, 50.000 euros a sus padres, y 19.000 a sus hermanos, así como 11.000 euros a la víctima de la estafa.

En su sentencia, el Tribunal Supremo destaca el abundante acervo probatorio de «muy alta significación incriminatoria» que ha determinado las condenas, así como la motivación del jurado, que supera el criterio de suficiencia que jurisprudencialmente le es exigido. Para el alto tribunal, la sentencia del Tribunal Superior en su conjunto contiene una «elocuente, lógica y racional» explicación de la autoría de ambos acusados.