El nivel de alerta comienza a rebajarse en la zona de los Pirineos, con alertas de nivel verde y amarillo, pero se mantiene en alerta naranja la parte central de Aragón con posibilidad de que mañana vuelvan a encontrarse en situación de nivel rojo.
El nivel de alerta rojo afecta hoy a 354 municipios. El listado está en 'https://www.aragon.es/-/nivel-de-alerta-de-peligro-de-incend...'.
La atmósfera se presenta inestable y seca en la mayor parte de la Comunidad Autónoma con riesgo moderado-alto de propagación convectiva del fuego.
Se esperan tormentas en el Pirineo, chubascos y tormentas localmente fuertes que se extenderán al resto de manera dispersa con probabilidad de que sean localmente fuertes en el Sistema Ibérico y con menor intensidad en el resto.
Prohibiciones
En Nivel de Alerta Rojo queda prohibido encender fuego en espacios abiertos y se suspende temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.
Tampoco se permite encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello, así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales y arrojar o abandonar objetos en combustión.
Se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.
En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas con excepción de casos como el uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12.00 y las 18.00 horas y las labores de cosecha y empacado de cereal.
En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14.00 y 18.00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1.000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.
Asimismo, la utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior y las actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos en las condiciones fijadas en la Orden AGM/681/2023.
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