El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia dictada en octubre de 2022 por la Sección Segunda de la Audiencia de Jaén y en la que se condenaba a nueve años de cárcel a un hombre por violar a la hija de su pareja sentimental cuando la niña tenía 14 años. El tribunal le condenaba por un delito continuado de agresión sexual por el que, además de la pena de prisión, le impone diez años de libertad vigilada.
Asimismo, por estos hechos, se le prohibía comunicarse o acercarse a la menor durante 25 años y se le inhabilitaba durante ese mismo espacio de tiempo para cualquier profesión u oficio con o sin retribución, que requiera el contacto con menores de edad. En concepto de responsabilidad civil se establecía que indemnizara a la menor en 30.000 euros por los daños morales ocasionados.
Todos estos extremos han sido confirmados ahora por el TSJA en una sentencia en la que se determina que «la defensa del apelante no es capaz de proporcionar en su recurso datos o elementos de hecho que pudieran revelar una valoración arbitraria del tribunal de primera instancia ni argumentos para poner seriamente en entredicho la racionalidad de su motivación probatoria».
Asimismo, el alto tribunal andaluz, establece que la prueba practicada en el acto del juicio "permitía al tribunal de
instancia alcanzar la convicción racional de que el acusado realizó el hecho objeto de acusación sin margen de duda razonable".
La sentencia, ahora confirmada por el TSJA, considera como hechos probados que el acusado violó a la niña hasta en dos ocasiones en 2019. La menor guardó silencio durante un año pero finalmente acabó contándoselo a la madre, que interpuso la correspondiente denuncia.
Durante la vista, el acusado negó los hechos ante el tribunal y sostuvo que era «absolutamente falso» que él mantuviera ningún tipo de relación con la menor, a la que consideraba como «una hija» puesto que la conocía desde los cuatro años cuando comenzó la relación de pareja con la madre.
El procesado atribuyó las acusaciones de la menor y la denuncia interpuesta contra él a que la menor, cuando tenía once años, comenzó a tener relaciones con chicos y él mostró su disconformidad. «Siempre me he puesto duro, yo le he puesto carácter», dijo el acusado para justificar las acusaciones de la menor.
La menor declaró por videoconferencia en el juicio celebrado en la Audiencia de Jaén y relató cómo entre noviembre y diciembre de 2019 el acusado la violó en dos ocasiones sin que ella dijera nada por «miedo» y porque ella misma se culpaba de lo que había ocurrido.
«Me quedé en blanco. Sentía miedo a que me pudiera pegar», dijo la menor, al tiempo que relató con detalle cómo fueron las dos ocasiones en las que el acusado, aprovechando que estaba a solas con la menor, la violó sin que ella reaccionara porque además, era la primera vez que tenía relaciones de tipo sexual.
«Tenía sentimiento de culpa, de vergüenza conmigo misma», dijo la menor y añadió que, a raíz de lo ocurrido, a la pareja de su madre «le cogió asco y odio». En principio optó por no contarle nada a su madre, pero finalmente se lo dijo y acabaron interponiendo la denuncia. Los psicólogos encargados de la menor acreditaron que niña se encontraba en una situación postraumática depresiva, con miedos diversos y sentimientos de culpabilidad .
El tribunal dio plena veracidad al testimonio de la joven por considerarlo «contundente», al tiempo que puso de manifiesto la «persistencia y firmeza del testimonio incriminatorio, que ha de ser prolongado en el tiempo, sin presentar ambigüedades ni contradicciones», tal y como apuntaban que había ocurrido en este caso.
La sentencia todavía no es firme y puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.
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