Archivo - La consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, Carmen Crespo, en una foto de archivo. | JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

TW
0

La Junta de Andalucía ha incluido en su proyecto de Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía, aprobado esta semana por el Consejo de Gobierno, un artículo que determina que, «siempre que sea compatible con la normativa europea o estatal básica, serán priorizadas las solicitudes de ayudas y subvenciones destinadas a alguna actividad agrícola, ganadera, agroalimentaria o pesquera, presentadas por mujeres, y por empresas y entidades que, en los términos previstos reglamentariamente, trabajen por la igualdad de oportunidades».

Así se recoge en el texto de este proyecto de ley que el Consejo de Gobierno del PP-A aprobó en su reunión del pasado lunes, 4 de marzo, consultado por Europa Press, y que desde la Junta reivindican como una «legislación pionera en España que contempla a las profesionales del sector pesquero y que supone un avance histórico para lograr la equidad real entre hombres y mujeres en la actividad agroalimentaria y pesquera en Andalucía».

Esta nueva norma, que afrontará a partir de ahora su tramitación parlamentaria, está conformada por 29 artículos estructurados en siete títulos a los que se suman una disposición adicional y dos disposiciones finales.

El título sexto de este proyecto de ley se titula 'Promoción del empleo y condiciones laborables', y en él se incluye el artículo 19, que determina que «el empleo femenino en los sectores que son objeto de esta ley será respaldado, promovido e incentivado por la Administración de la Junta de Andalucía, especialmente el de las jóvenes y las que pertenezcan a colectivos vulnerables con mayores dificultades para acceder al empleo».

«Para eliminar las brechas de género, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar el acceso al empleo de las mujeres en los sectores agrario, agroalimentario y pesquero, en condiciones de igualdad, no solo en lo que se refiere a la incorporación, sino también en el ejercicio efectivo de la carrera profesional, de manera que permita a las mujeres promocionar y acceder a puestos directivos o de responsabilidad», añade también el citado artículo 19 en un segundo apartado.

Por su parte, el artículo 20, sobre ayudas y subvenciones, recoge la referida apuesta de la Junta por priorizar «las solicitudes de ayudas y subvenciones destinadas a alguna actividad agrícola, ganadera, agroalimentaria o pesquera, presentadas por mujeres, y por empresas y entidades que, en los términos previstos reglamentariamente, trabajen por la igualdad de oportunidades».

«Para dar cumplimiento» a esa previsión, el proyecto de ley recoge que, «en las normas reguladoras de incentivos del ámbito agrario, agroalimentario y pesquero, ya sean financiadas por la Administración de la Junta de Andalucía o por los Fondos Europeos cuya gestión esté encomendada a la misma de acuerdo con la normativa específica de aplicación preferente en cada caso, la Consejería competente en la materia priorizará las solicitudes presentadas» por «una mujer», por «una titularidad compartida» y por «una persona jurídica» en una serie de casos determinados.

En concreto, el texto del proyecto de ley precisa que esos supuestos en los que se priorizarán las solicitudes de personas jurídicas pasan, por un lado, por «que el porcentaje o las participaciones en el capital o patrimonio en manos de mujeres sea, como mínimo, el cuarenta por ciento, caso de ser dos las personas asociadas», o bien por «que el porcentaje o las participaciones en el capital o patrimonio en manos de mujeres y hombres sea como mínimo equilibrada», de forma que, «en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento».

El proyecto de ley que la Junta ha remitido al Parlamento recoge también que «las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, salvo que se justifique que no sea posible por su naturaleza, asignarán un diez por ciento de la puntuación máxima alcanzable a las solicitudes» a las referidas ayudas y subvenciones destinadas a alguna actividad agrícola, ganadera, agroalimentaria o pesquera.

Asimismo --continúa exponiendo el texto del proyecto de ley--, «en las normas reguladoras de ayudas y subvenciones del ámbito agrario, agroalimentario y pesquero que por su naturaleza está justificada la incorporación de cláusulas de igualdad, podrán preverse actuaciones o condiciones de obligado cumplimiento, dirigidas a la consecución efectiva de la igualdad de género por parte de las personas o entidades solicitantes».

Por otro lado, la Junta plantea también en el proyecto de Estatuto de las Mujeres Rurales y del Mar de Andalucía que «los tribunales de evaluación y comisiones que deban realizar valoraciones de solicitudes de ayudas y subvenciones que se otorguen por la Consejería competente en la materia deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas».

De igual modo, el artículo 22 del proyecto de ley tiene que ver con «ayudas y subvenciones a entidades de mujeres rurales, agrarias y pesqueras», y al respecto se establece que «la Consejería competente en la materia impulsará ayudas y subvenciones para el desarrollo de actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, a las entidades asociativas representativas de las mujeres que trabajen promoviendo los intereses de las mujeres en el sector agrario, agroalimentario, del ámbito rural y sector pesquero».