Así consta en el escrito de acusación del fiscal de cara a la celebración del juicio oral y que se presenta en la fase intermedia de las actuaciones. El fiscal les acusa de un delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal.
El pasado mes de febrero, la jueza que instruyó el caso dictó el auto por el que acordaba continuar la tramitación de las diligencias previas respecto a once investigados, entre ellos también un funcionario y un empresario.
En la resolución, la magistrada subrayaba en primer lugar que resulta «obvio» el perjuicio causado a las arcas públicas como consecuencia del acuerdo de la entonces Junta de Gobierno Local de 20 de octubre e 2020".
Dicho acuerdo aprobó por la vía de urgencia reducir al 50% la deuda del concesionario, el canon anual y el aplazamiento hasta 2040 del resto de la deuda a razón de 30.000 euros anuales.
En su escrito, la Fiscalía señala que mediante la declaración de urgencia, «incluyeron y aprobaron por unanimidad de todos sus miembros la quita del 50% de la deuda de ITV Móstoles, SL.. la reducción del canon anual a 60.000 euros y el aplazamiento hasta el 2040 del resto de la deuda, sin intereses ni recargos, a razón de 30.000 euros anuales, y una última anualidad de 15.000 euros».
«Dicho acuerdo se adoptó por los acusados, a pesar de contar nuevamente con el informe desfavorable del Interventor que alertaba de la contrariedad al ordenamiento jurídico del mismo, y con una clara consciencia de ilegalidad del mismo, puesto que habían sido advertidos de que los créditos de derecho público son indisponibles por Ley», agrega.
Además, indica que para «tratar de dar externamente una apariencia de legalidad que los acusados sabían que no tenía, el acuerdo fue adoptado tan sólo con el informe del también acusado, Francisco Javier Torner, que emitió un »informe jurídico« favorable cuando carecía de facultades para ello y presentarse por la vía de urgencia, a fin de evitar los informes preceptivos del Secretario General del Ayuntamiento y del Interventor que ya se habían opuesto anteriormente a la propuesta».
«Como consecuencia de estos hechos, con dicho acuerdo, los acusados ocasionaron un perjuicio económico al Ayuntamiento de Móstoles, al condonar en 615.000 euros la deuda y bajar el canon a 60.000 euros anuales», apunta.
«La sociedad ITV Móstoles, S.L., cuya administradora era la acusada Mónica Ramírez Moreno Manzanero, no solo se benefició del acuerdo adoptado, habiendo determinado, con su petición al Ayuntamiento de esa misma propuesta, a sabiendas de su ilegalidad, la adopción del mismo», concluye.
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