La Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó todos y cada uno de
los recursos de casación a la sentencia del «caso Túnel» dictada en
1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Balears. Según la
sentencia hecha pública ayer, y de la que fue ponente el magistrado
José Antonio Martín Pallín, no procede casar la sentencia en
ninguno de sus apartados, con excepción de la actuación que tuvo el
ex concesionario de las obras, Antoni Cuart. Este fue hallado
culpable del delito de cohecho por el Supremo, pero al igual que
Cañellas, fue absuelto por prescripción.
La sentencia, contenida en 69 folios, detalla con minuciosidad
la trama, que define como «corruptora», en el diseño del concurso,
elección del adjudicataria, la entrega de los 50 millones de
pesetas que Cuart hizo a Cañellas y las posterior ejecución de las
obras.
La Sala Segunda del Supremo, integrada por el presidente, José
Jiménez Villarejo, José Manuel Martínez-Pereda Rodríguez y Martín
Pallín, no consideró necesario variar ni una sola coma de la
sentencia dictada en Palma por el tribunal presidido por Angel
Reigosa, con la única variante ya reseñada de Cuart. La sentencia
recuerda que no se pueden olvidar» los límites del recurso de
casación y más concretamente de las posibilidades de cambiar la
relación de hechos probados por la vía del error de hecho.
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