El juzgado de los contencioso administrativo número uno de Palma ha
admitido a trámite el contencioso interpuesto por la Asociación de
Vecinos de Las Maravillas contra la inactividad de Cort «por
incumplimiento de un poder-deber surgido de la función que la
normativa legal le asigna» en materia de las ilegalidades en que
incurren las biergarden. Según se argumenta, desde hace años se han
venido denunciando las condiciones irregulares en que desarrollan
su actividad los establecimientos ubicados en la zona de las
Maravillas (calle Miquel Pellisa, calle Padre Bartolomé Salvà,
calle Llaut, etc), conocidos como biergarden.
Los aspectos denunciados van desde la contaminación acústica
(probadas con mediciones), las condiciones de higiene o salubridad
(contenedores repletos de basura y botellas en la calzada),
licencias de actividad, ocupación de la vía pública, incumplimiento
de horarios o delincuencia. Pues bien, pese a las denuncias, los
demandantes afirman que los hechos «no han merecido nunca ninguna
actuación ni preventiva ni eliminatoria (...)».
Han ido pasando los veranos «y el último ya colmó el vaso, por
lo que el pasado noviembre se anunció la presentación del recurso»,
en el que se denuncia «el incumplimiento municipal, sistemático y
pertinaz, de la reglamentación sobre Actividades Clasificadas, de
la Ordenanza Municipal del Ruido y de la Ley Autonómica 8/1995, en
cuanto a las atribuciones y obligaciones legales del alcalde». Con
su pasividad, se defiende que «el Ajuntament incurre en una
evidente inactividad administrativa, que contradice sus
obligaciones legales (...) Tal inactividad resulta absolutamente
impugnable ante la jurisdicción contenciosa, pues, a fin de cuentas
no es sino 'tener manga ancha'», tanto en su misión preventiva como
sancionadora.
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