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La Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) ha sido condenada a pagar casi 17 millones de pesetas en concepto de alodio, por la adquisición de los terrenos de Porto Pi donde se ubican los depósitos de combustible. Esta decisión la ha tomado el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Palma, que da la razón a los trece herederos de la familia Cerdà Sansaloni, antiguos propietarios de la finca, que reclamaron en los tribunales su derecho a percibir este antiguo tributo que se contempla en el derecho foral de Balears. Esta cifra económica de 16.847.008 pesetas es el dos por ciento del valor que en 1987 tenía este terreno de Porto Pi, que dispone de una superficie de casi cien mil metros cuadrados y que empresa CLH compró al Estado.

El alodio, o «alou», es un derecho real, que aparece recogido en el derecho foral de Balears. Los antiguos propietarios de las fincas establecieron esta carga, que permitió al pueblo tener acceso a la propiedad de la tierra que el terrateniente no podía explotar. Este tributo, que apenas se aplica en la actualidad, supone que cada vez que se vende un terreno cargado con un alodio, los herederos de los antiguos propietarios tienen derecho a percibir un dos por ciento de su valor actual. Desde que en 1990 se modificara el artículo del derecho foral, los herederos sólo disponen de cinco años para reclamar este tributo a los dueños de la finca, contando desde la fecha que se anota en el registro de la propiedad el nombre del nuevo propietario.

No es habitual que en los tribunales se reclame un «alou», porque se trata de un derecho prácticamente desfasado, puesto que no todos los herederos de los antiguos propietarios tienen acceso al registro para conocer cuándo se venden los terrenos. Sin embargo, ahora la Audiencia de Palma ha resuelto un caso, y los magistrados han anulado una sentencia anterior de un juez de Primera Instancia, que consideró que la reclamación de los antiguos propietarios de este terreno de Porto Pi estaba prescrita. El tribunal que componen los jueces José Miguel Bort, María Rosa Rigo y Catalina Moragues, no contempla esta prescripción y concede la razón a la familia de los antiguos propietarios de este amplio terreno, que estuvo representada en el pleito por el letrado Joan Pinya.