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La comisión informativa extraordinaria del Àrea de Governació i Funció Pública del Ajuntament de Palma que se reúne hoy dará cuenta del informe elaborado por los Serveis Jurídics de Cort acerca de la sentencia del Tribunal Supremo sobre las licencias de taxi concedidas por el Consistorio en 1992. Cabe recordar que, con fecha de 19 de abril de 2001, el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que declaraba inadecuada «al ordenamiento jurídico» la convocatoria para la concesión de 24 licencias de taxi en 1992. Esta sentencia ratificaba una anterior, de 29 de mayo de 1995, del Tribunal Superior de Justícia de Balears (TSJB).

Una vez estudiada la sentencia, los Serveis Jurídics de Cort consideran que cabe una doble interpretación en cuanto a la forma en que el Consistorio ha de ejecutarla. La primera sería «confeccionar un listado con la totalidad de los asalariados con que en ese momento contaba el sector en orden de antigüedad y posteriormente adjudicar las licencias».

La segunda opción, según los Serveis Jurídics, sería: «Subsidiariamente y para el caso de existir acuerdo en cuanto a la ejecución, estimar, estrictamente y de conformidad con la sentencia, que el cumplimiento del fallo pasa por incluir a los recurrentes en un nuevo listado, también ordenado en base a la antigüedad, que resultaría compuesto por éstos y los admitidos en su día, para posteriormente adjudicar las licencias».

Sobre esta doble interpretación, el teniente de alcalde de Governació i Funció Pública, José Manuel Sierra, señaló ayer que «al no estar definido cómo quería el TSJB que ejecutásemos la sentencia, ahora los Serveis Jurídics elevan una propuesta a dicho tribunal sobre cómo harían cumplir ellos el texto de la sentencia», dijo.