Nunca en la historia judicial de Balears, 74 votos "los que
depositaron emigrantes de Balears en Argentina y Uruguay censados
en Formentera en las pasadas elecciones autonómicas" habían dado
tanto que hablar. Dos años y seis meses han pasado desde que la
agrupación electoral Coalición de Organizaciones Progresistas,
formada por el PSIB-PSOE, EU y Els Verds, presentó una denuncia
ante la Fiscalía de Eivissa por un supuesto delito electoral
cometido, presuntamente, en las elecciones del 13 de junio.
La denuncia hacía referencia a unas supuestas graves
irregularidades detectadas en el censo electoral de Formentera. Los
74 votos favorecieron a una coalición independiente de partidos
integrada por el PP, según declaró el ex presidente del PP de
Formentera, Cándido Valladolid, ante el juez instructor de la causa
Antoni Monserrat en el Tribunal Superior de Justicia de Balears
(TSJB). En dos años y medio, el «caso Formentera» ha sido
investigado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Eivissa, que
se inhibió a favor del TSJB debido a la condición de aforados de
los diputados del PP Josep Juan Cardona y Antoni Pastor; por el
juez Monserrat, que inició la toma de declaraciones a testigos e
imputados el pasado día 9 de noviembre, y ahora está pendiente de
que lo que resuelva el Tribunal Supremo tras la querella criminal
presentada por el PSIB-PSOE y EU.
Los denunciados son el ministro de Medio Ambiente y ex president
del Govern, Jaume Matas, la diputada nacional Rosa Estaràs, y otras
12 personas. Son acusados de cuatro supuestos delitos: fraude
electoral, falsedad en documento, malversación de caudales públicos
y asociación ilícita. La Sala Segunda del Supremo ha designado
ponente al magistrado José Ramón Soriano para que resuelva si
admite a trámite, o no, el caso y también, como es preceptivo, ha
dado traslado a la Fiscalía para que se pronuncie. La Sala está
formada por Luis Román Puerta (presidente), Eduardo Bacigalupo y
José Ramón Soriano.
Si el Supremo admite a trámite el «caso Formentera», entonces la
Sala podría pedir al TSJB todas las actuaciones realizadas hasta
ahora e iniciaría la instrucción. Ello quiere decir que todas las
personas incluidas en la querella criminal pasarían a tener la
condición de querellados y se les tomaría declaración como
imputados. También, puede ocurrir que la Sala del Supremo dé
prioridad a la litispendencia, ya que la causa se instruye en el
TSJB, y esperara a que ésta agote su instrucción en Palma. Si el
Supremo no admite a trámite el «caso Formentera», la causa seguirá
su instrucción normal en el TSJB.
Además, Jaume Matas y Rosa Estaràs, las dos personas aforadas
que justifican la solicitud de que el Supremo se haga cargo del
asunto, no podrían ser imputados, salvo que el juez Monserrat
concluya que de las actuaciones practicadas se derivan posibles
responsabilidades de ambos y se inhiba a favor del Alto Tribunal.
Asimismo, el juez del TSJB puede dictar un auto abriendo juicio
oral, o el fiscal pedir el archivo de la causa (o no) y el
magistrado admitirlo o no. Todo un complejo proceso judicial que
todavía no ha acabado.
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