El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha estimado el
recurso presentado por la empresa de 'manteros' Santana Reisen S.A.
en contra de una sanción de 1.800 euros (300.000 pesetas) impuesta
por la Conselleria de Turisme al considera que hubo «caducidad del
expediente sancionador». Ésta es una de las primeras sentencias
favorables a la tesis de los 'manteros', empresas que venden
diversos artículos a turistas que invitan a realizar
excursiones.
El abogado de Santana Reisen alegó que habían transcurridos más
de seis meses desde la paralización del expediente, y también adujo
la «falta de pruebas de la infracción que se sancionó con los 1.800
euros».
La supuesta infracción cometida por Santana Reisen S.A.
consistió en que «se realizó publicidad engañosa al anunciar y
ofrecer una excursión gratuita con visitas a Cala Fornells y Port
de Andratx, convirtiéndose ésta en una visita a la empresa JM
Enterprise, en el Polígono Son Castelló, con fines
comerciales».
El TSJB señala que desde la presentación de alegaciones al
acuerdo de iniciación del expediente (2-3-1998), hasta la
notificación de la propuesta de resolución (2-9-1998)
transcurrieron más de seis meses, «por lo que ha de concluirse que
la caducidad se produjo». Y añade: «A esta conclusión no es óbice
que la propuesta de resolución estuviera elaborada el 2-9-1998, por
cuanto hay que tener presente la fecha de notificación, y no la
producción interna del acto».
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