27/04/03 0:00
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJB redujo de 600.000 (3.600 euros) a 15.000 pesetas (90 euros) y de 700.000 pesetas (4.200 euros) a 50.000 pesetas (300 euros), las sanciones impuestas a la entidad Borrás Excursions Maritimes S.L. y al mecánico de la embarcación por la realización de esquí acuático desde el buque exclusivamente destinado al transporte de pasajeros en la travesía entre el Port de Pollensa y Formentor.
El abogado de la recurrente, además, insistió en que se habían adoptado todas las medidas precautorias precisas, pues la persona que realizó la actividad llevaba puesto un cinturón salvavidas homologado y una zodiac o lancha neumática que navegaba de forma paralela a la plancha. Marina Mercante se percató del hecho y mediante una resolución impuso a la empresa y al mecánico las multas ya mencionadas. El TSJB, sin embargo, decidió reducirlas porque «concurren en el presente caso unos criterios de graduación tan determinantes, que imponen considerabilísimas rebajas en los importes».
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