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El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) se retrasó en 22 días en el pago del alquiler del piso que ocupaba en la calle palmesana de Font y Monteros, y la Sección Tercera de la Audiencia de Palma consideró suficiente esa demora para revocar una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 9, dar la razón a los propietarios y ordenar a los pilotos que abandonen el inmueble bajo apercibimiento de lanzamiento.

Los magistrados de la Audiencia afirman que la renta «no fue abonada en el tiempo fijado por las partes en el contrato, y ello no puede perjudicar el derecho de los propietarios-arrendadores a cobrar la renta del plazo contractualmente pactado». Y añaden: «La principal obligación del arrendatario es el pago de la renta convenida, consustancial a la naturaleza conmutativa y onerosa de arrendamiento, correlativa a la entrega de la posesión de la cosa objeto del contrato por el arrendatario, renta que deberá abonarse en el tiempo y lugar convenido».

El SEPLA alegó que el retraso en el pago del alquiler se produjo «por un error del Banco» al no cursar en tiempo su orden de transferencia. Pero ello, según la sentencia, «únicamente puede afectar a las relaciones del sindicato y la entidad bancaria».