El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) se retrasó
en 22 días en el pago del alquiler del piso que ocupaba en la calle
palmesana de Font y Monteros, y la Sección Tercera de la Audiencia
de Palma consideró suficiente esa demora para revocar una sentencia
del Juzgado de Primera Instancia número 9, dar la razón a los
propietarios y ordenar a los pilotos que abandonen el inmueble bajo
apercibimiento de lanzamiento.
Los magistrados de la Audiencia afirman que la renta «no fue
abonada en el tiempo fijado por las partes en el contrato, y ello
no puede perjudicar el derecho de los propietarios-arrendadores a
cobrar la renta del plazo contractualmente pactado». Y añaden: «La
principal obligación del arrendatario es el pago de la renta
convenida, consustancial a la naturaleza conmutativa y onerosa de
arrendamiento, correlativa a la entrega de la posesión de la cosa
objeto del contrato por el arrendatario, renta que deberá abonarse
en el tiempo y lugar convenido».
El SEPLA alegó que el retraso en el pago del alquiler se produjo
«por un error del Banco» al no cursar en tiempo su orden de
transferencia. Pero ello, según la sentencia, «únicamente puede
afectar a las relaciones del sindicato y la entidad bancaria».
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