La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha
admitido a trámite por sorpresa un recurso de queja presentado por
el Consell de Mallorca en contra de las sucesivas sentencias del
Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) que anularon la
moratoria aprobada en 1998, en la época en que la Comissió Insular
d'Urbanisme estaba presidida por el socialista Francesc Quetglas.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares anuló en el año 2001
la moratoria del Consell aprobada en la primera legislatura del
Pacte de Progrés, que dejaba en suspenso la construcción de 76
urbanizaciones en Mallorca.
Según la sentencia del TSJB, que fue confirmada más tarde con la
nulidad de todas las desclasificaciones de las urbanizaciones
hechas sobre la base de la moratoria, el Consell de Mallorca no
tenía competencias en materia de ordenación del territorio. Por
esta razón, no podía ni aprobar normas cautelares ni desclasificar
después los terrenos afectados por ellas. El auto del Supremo no
significa que dé la razón al Consell en el fondo del asunto. De
momento, acepta estudiar el caso para resolver si la institución
tenía o no la facultad de suspender el planeamiento en determinados
suelos urbanizables. El fallo definitivo vendrá con la sentencia
del Supremo, que será la que decida si el Consell tenía o no
competencias.
El Tribunal Supremo da la razón a las consideraciones recogidas
por el Consell de Mallorca en su recurso. En ellas, la institución
insular aseguraba que debe tenerse en cuenta el Texto Refundido de
la Ley del Suelo de 1976, que sí permite a este tipo de
instituciones acordar suspensiones de planeamiento en determinadas
circunstancias. Los representantes de la Comissió Insular
d'Urbanisme, que realizó ayer su sesión constitutiva, fueron
informados del auto del Supremo que abre la puerta a una posible
resolución del caso satisfactoria para los intereses del
Consell.
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