No incluye tantas «novedades» como la que se presentó hace un año,
pero la Ley de Acompañamiento también incluye la modificación de
leyes, la creación de empresas públicas y cambios normativos. Uno
afecta a las expropiaciones y a los derechos urbanísticos.
Según la disposición adicional undécima «se autorizan, con
solicitud previa de licencia urbanística, las obras y usos en
aquellas parcelaciones y solares que, como consecuencia de una obra
pública o declarada de utilidad pública para la que se haya seguido
el sistema de expropiación, no cumpla los requisitos de parcela o
fachada mínimas».
Un ejemplo práctico: si tras expropiar parte de un terreno para
construir una carretera, su propietario podrá solicitar licencia
urbanística sin tener en cuenta los metros que haya perdido por la
expropiación. Tendrá que cumplir algunos requisitos, como solicitar
la licencia en el plazo de dos años.
Mediante otra disposición adicional de la Ley de Acompañamiento,
el Ejecutivo se blinda para poder cambiar la financiación de
algunas de las carreteras del convenio. Esta disposición señala que
«el Govern se faculta para llevar a cabo la licitación,
contratación y pago de las obras previstas en el Convenio de
Carreteras».
La mayoría de reformas legislativas que incluye el texto ya
habían sido anunciadas por los respectivos titulares de las
conselleries. Una de estas reformas afecta a la Ley de la Función
Pública.
Ley de Capitalidad
El texto da rango de ley al llamado Fondo de Cooperación Municipal,
estableciendo la obligatoriedad de que el 20% del fondo se dedique
a los gastos «de capitalidad» de Palma.
La Ley de Acompañamiento recoge las nuevas medidas tributarias y
fiscales que serán de aplicación en las Islas a partir del próximo
año.
También se modifica la ley por la que se creó el SOIB y el
Ibanat.
Los Presupuestos, que ayer iniciaron su tramitación
parlamentaria, también incluyen una distribución territorial de las
inversiones. Tal como recoge el gráfico que acompaña a esta
información, ha habido incrementos para todas las Islas: de un 192%
en Mallorca; de un 122% en Menorca y de un 178% en Eivissa y
Formentera.
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