El anteproyecto de ley que regula el Registro de Voluntades
Anticipadas elaborado por el Govern y que será aprobada este
viernes por el Ejecutivo balear no ampara la eutanasia, ya que «las
instrucciones (contenidas en el testamento vital) no pueden
consistir en ninguna actuación contraria al ordenamiento jurídico»,
según explicó ayer la consellera d'Salut i Consum, Aina Castillo,
en la presentación oficial del nuevo texto legal.
El Govern, a través del departamento que preside Salom, creará
un Registro de voluntades anticipadas, en el cual de forma
obligatoria se habrán de inscribir los documentos para garantizar
su efectividad. Este Registro, que funcionará de acuerdo a los
principios de confidencialidad, tendrá que ser accesible para los
responsables de la atención sanitaria que, en definitiva, son los
destinarios de la declaración de voluntad anticipada, según
Castillo. Una condición indispensable es que el otorgador de la
declaración de voluntades anticipadas sea mayor de edad, y en el
momento de hacerla esté en plenas facultades. La declaración se ha
de hacer delante del notario, ante la persona encargada del
registro o bien ante tres testigos (mayores de edad y con capacidad
de obra plena). Además, el declarante podrá hacer constar su
decisión sobre la donación de órganos y de otros relacionados con
su incineración, inhumación u otro destino del cuerpo después de la
defunción. El anteproyecto ha sido redactado por la Comisión
Asesora de Derecho Civil a partir de un borrador del Colegio de
Abogados de Balears. Con la creación de este registro autonómico,
Balears será la quinta comunidad, después de Catalunya, Galicia,
Navarra y País Vasco, que dispondrá de un registro propio, según
informó la presidenta de la Comisión Asesora de Derecho Civil,
Pilar Ferrer.
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