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El anteproyecto de ley que regula el Registro de Voluntades Anticipadas elaborado por el Govern y que será aprobada este viernes por el Ejecutivo balear no ampara la eutanasia, ya que «las instrucciones (contenidas en el testamento vital) no pueden consistir en ninguna actuación contraria al ordenamiento jurídico», según explicó ayer la consellera d'Salut i Consum, Aina Castillo, en la presentación oficial del nuevo texto legal.

El Govern, a través del departamento que preside Salom, creará un Registro de voluntades anticipadas, en el cual de forma obligatoria se habrán de inscribir los documentos para garantizar su efectividad. Este Registro, que funcionará de acuerdo a los principios de confidencialidad, tendrá que ser accesible para los responsables de la atención sanitaria que, en definitiva, son los destinarios de la declaración de voluntad anticipada, según Castillo. Una condición indispensable es que el otorgador de la declaración de voluntades anticipadas sea mayor de edad, y en el momento de hacerla esté en plenas facultades. La declaración se ha de hacer delante del notario, ante la persona encargada del registro o bien ante tres testigos (mayores de edad y con capacidad de obra plena). Además, el declarante podrá hacer constar su decisión sobre la donación de órganos y de otros relacionados con su incineración, inhumación u otro destino del cuerpo después de la defunción. El anteproyecto ha sido redactado por la Comisión Asesora de Derecho Civil a partir de un borrador del Colegio de Abogados de Balears. Con la creación de este registro autonómico, Balears será la quinta comunidad, después de Catalunya, Galicia, Navarra y País Vasco, que dispondrá de un registro propio, según informó la presidenta de la Comisión Asesora de Derecho Civil, Pilar Ferrer.