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El Ajuntament de Palma deberá indemnizar con 120.798,78 euros a una mujer que el 1 de diciembre de 2003 cayó al suelo tras haber pisado, en la calle Baró Santa Maria del Sepulcre, «restos acumulados en cantidad considerable de grasa o líquido hidráulico que persistía adherido a la calzada y había sido puesto al descubierto de los productos vertidos el 8 de noviembre de 2003 por la reciente lluvia caída».

Así lo recoge la reciente sentencia, número 84, de 21 de marzo de 2006, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma. Dicha sentencia añade que la consecuencia de todo ello fue que esta mujer «patinó sobre el firme, desplomándose de forma imprevista». En un primer momento fue asistida por un agente de la ORA y por una personas que vivía en esa misma calle, pero debido a su mal estado tuvo que ser trasladada al hospital de Son Dureta, en donde fue intervenida en varias ocasiones.

El Ajuntament, por su parte, alegó que la caída de esta mujer se produjo por la lluvia y no por vertido alguno, por lo que se rompería el nexo que ligaría la caída con el mal estado de la calzada.

En la sentencia se señala que «ha quedado acreditado que la caída de la recurrente se produjo por el mal estado de la calzada al no estar debidamente limpia y sin restos de vertidos de aceite hidráulico que se produjo con anterioridad», en concreto, debido a la rotura de un manguito de una máquina barrendera de Emaya. Además, se añade que «siendo una vía urbana, es responsable de su mantenimiento el Ayuntamiento», y se recuerda que las calles «deben encontrarse en condiciones tales de mantenimiento para su fin específico que la seguridad de quienes las utilizan se halle normalmente garantizada».