TW
0

FRANCISCO BARRASA
La Fiscalía de Balears estudia la formulación como denuncia penal -artículos referidos a lesiones, trato degradante y violación de los derechos de los trabajadores- el litigio inscrito en un Juzgado de lo Social de Palma contra los autores de acoso laboral a 70 empleados de un hotel, todas ellas mujeres, «por la existencia de un móvil sexista evidente, creador de una situación tan insoportable que sobre una plantilla de 160 personas se produjeron en el año 2007 hasta 68 bajas voluntarias».

Las dos únicas supervivientes en plantilla de esa situación fueron las denunciantes el mes pasado ante los tribunales sociales como presuntas víctimas de «conductas contrarias a la dignidad de la trabajadora y su condición de mujer», y su escrito está apoyado por numerosos testimonios de las que fueron sus compañeras hasta que el año pasado abandonaron el centro de trabajo, el hotel Royal Golfresort, de Camp de Mar (Andratx).

En ellos pueden leerse expresiones dirigidas al personal femenino por el director del citado hotel, Angelo Mezzadona, tales como: «lo único que hacen tantas jefas es estorbar»; «tú tienes el problema de ser mujer, así es la vida»; o «mujer, tú no estás aquí para hacer preguntas, solo yo tengo derecho a hacértelas».

En los fundamentos de Derecho jurídico materiales de la demanda de las trabajadoras que afirman haber sufrido acoso moral y sexual se citan, entre otras normas en vigor, la Ley de Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres, la cual establece persecución y castigo para todo comportamiento «realizado en función del sexo de una persona para atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo», y ratifica que «en todo caso siempre son discriminatorios el acoso sexual y el acoso por razón de sexo».

Al juicio de inminente señalamiento en el Juzgado de lo Social 3 de Palma se ha llegado tras fracasar los pertinentes mecanismos de mediación previa de los conflictos.

Ni el director del hotel, claramente identificado en las demandas ante la Fiscalía y el tribunal ordinario, ni la propiedad del establecimiento en su condición de responsable susbsidiaria, han ofrecido hasta el momento explicación alguna de tal conducta, y de persistir su incomparecencia hasta el juicio serán «tenidos por confesos».